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dias de permiso por muertede un familiar

3 Comentarios
 
Dias de permiso por muertede un familiar
23/10/2006 10:35
Buenos dias, me gustaria saber a cuantos dias tengo derecho por el fallecimiento de mi suegro, el cual vive en una comunidad diferente a mi lugar de trabajo. Trabajo para una ETT y estoy acogida al convenio de oficinas y despachos. Muchas gracias
23/10/2006 12:29
a lo anterior se me olvido decir que no estoy casada, que somos pareja de echo, esto puede influir?
23/10/2006 18:51
Ningun día salvo que tu convenio prevea días de permiso para situacones de parejas de hecho.

Lo que no quita para que haya que ser muy miserable si no te dan al menos el día del entierro
23/10/2006 20:53
Los grados de vinculación familiar parten de la unidad familiar. Es decir los familiares de tu marido son como si lo fueran consanguinameante tuyos. Un "padre político" (un suegro) se considera familiar de primer grado y un cuñado (aunque sea un hermano político) tambien es como si fuera tu propio hermano y merece el segundo grado. Es injusto que a un hermano se le relegue a un segundo grado pero las leyes están así.

Tu condición de pareja de hecho cambia las cosas ya que casi ningún convenio habla de permisos retribuidos en esos casos. Legalmente no te corresponde ningún permiso retribuido y quedas a expensas de de la buena voluntad y sensibilidad de tus jefes. Como te ha dicho CF espero que no sean tan miserables.

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Dias de permiso por muertede un familiar
23/10/2006 10:35
Buenos dias, me gustaria saber a cuantos dias tengo derecho por el fallecimiento de mi suegro, el cual vive en una comunidad diferente a mi lugar de trabajo. Trabajo para una ETT y estoy acogida al convenio de oficinas y despachos. Muchas gracias
23/10/2006 12:29
a lo anterior se me olvido decir que no estoy casada, que somos pareja de echo, esto puede influir?
23/10/2006 18:51
Ningun día salvo que tu convenio prevea días de permiso para situacones de parejas de hecho.

Lo que no quita para que haya que ser muy miserable si no te dan al menos el día del entierro
23/10/2006 20:53
Los grados de vinculación familiar parten de la unidad familiar. Es decir los familiares de tu marido son como si lo fueran consanguinameante tuyos. Un "padre político" (un suegro) se considera familiar de primer grado y un cuñado (aunque sea un hermano político) tambien es como si fuera tu propio hermano y merece el segundo grado. Es injusto que a un hermano se le relegue a un segundo grado pero las leyes están así.

Tu condición de pareja de hecho cambia las cosas ya que casi ningún convenio habla de permisos retribuidos en esos casos. Legalmente no te corresponde ningún permiso retribuido y quedas a expensas de de la buena voluntad y sensibilidad de tus jefes. Como te ha dicho CF espero que no sean tan miserables.