Queria comentarles sobre este tema de mi convenio colectivo:Artículo 13º.- Festivos. Por tratarse de empresas dedicadas a una actividad artesanal de una producción y venta muy irregular y discontinua, sujeta a un calendario especial y tradicional, ambas partes acuerdan: Que las fiestas abonables del año no disfrutadas y, en consecuencia trabajadas, para su pago o disfrute, se estará en primer lugar al mutuo acuerdo entre empresa y trabajador. Cuándo no exista este acuerdo, la mitad de las fiestas trabajadas se abonarán con el incremento del 100% sobre el valor de la hora normal y la otra mitad se compensará con descanso en días laborables. Yo he trabajado todos los festivos de este año menos el 1 de enero. Mi convenio establece 30 dias de vacaciones si he trabajado todos los festivos me corresponden mas dias por este hecho