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dias por año

5 Comentarios
 
12/06/2012 20:59
muchas gracias!
12/06/2012 20:34
tienes derecho a dos dias, y si es fura de la provincia a 4, a no ser que tu convenio de empresa marque otra cosa.
12/06/2012 13:07
mi hija a sido operada.de cuantas dias tengo derecheo de solicitar a mi empresa para chedarme con ella en casa?
12/06/2012 10:53
una consulta mas llobu, en mi caso es que tengo una categoria laboral de inspector en una empresa de seguridad, con una antiguedad de 10 años. ahora bien el cliente para quien trabajo ha decidido que ya no quiere contar con mis servicios. y claro esta como yo pertenezco a mi empresa ellos me quieren reubicar pero perdiendo yo mi categoria.

ese despido se puede considerar por causas economicas? proedente o es improcedente
11/06/2012 16:29
Depende del tipo de despido y su calificación.

1.- Despido disciplinario calificado como procedente: 0 días de indemnización, antes y después de la reforma.

2.- Despido disciplinario calificado como improcedente: 45 días hasta el 11 de febrero de 2012 y 33 después de ese día. Se hace un cálculo mixto.

3.- Despido por causas objetivas (como pueden ser económicas) calificado como procedente: 20 días por año, ANTES y después de la reforma. Ya existe hace muchos años.

4.- Despido por causas objetivas (como pueden ser económicas) calificado como improcedente: 45 días hasta el 11 de febrero de 2012 y 33 después de ese día. Se hace un cálculo mixto. También entra en juego el tipo de contrato, si es de fomento del empleo y le es de aplicación la clausula adicional no se cual de la Ley 12/2001, serán 33 días desde el inicio.


Si la empresa efectúa un despido y no se está de acuerdo con el mismo, para lograr la improcedencia y conseguir la indemnización correspondiente a esa calificación, el trabajador deberá demandar a la empresa en el juzgado...y ganar, claro está.

Un saludo.
Dias por año
11/06/2012 16:13
hola, tenia entendido que hasta la fecha nos tenian que indenizar os años anteriores a 45 dias por año y a partir de la nueva fecha a2 0. pero hoy me dicen en mi empresa que no que son 20 dias por año. sabe alguien si me puedo coje a la antigua regulacion con 10 años de antiguedad en la empresa
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12/06/2012 20:59
muchas gracias!
12/06/2012 20:34
tienes derecho a dos dias, y si es fura de la provincia a 4, a no ser que tu convenio de empresa marque otra cosa.
12/06/2012 13:07
mi hija a sido operada.de cuantas dias tengo derecheo de solicitar a mi empresa para chedarme con ella en casa?
12/06/2012 10:53
una consulta mas llobu, en mi caso es que tengo una categoria laboral de inspector en una empresa de seguridad, con una antiguedad de 10 años. ahora bien el cliente para quien trabajo ha decidido que ya no quiere contar con mis servicios. y claro esta como yo pertenezco a mi empresa ellos me quieren reubicar pero perdiendo yo mi categoria.

ese despido se puede considerar por causas economicas? proedente o es improcedente
11/06/2012 16:29
Depende del tipo de despido y su calificación.

1.- Despido disciplinario calificado como procedente: 0 días de indemnización, antes y después de la reforma.

2.- Despido disciplinario calificado como improcedente: 45 días hasta el 11 de febrero de 2012 y 33 después de ese día. Se hace un cálculo mixto.

3.- Despido por causas objetivas (como pueden ser económicas) calificado como procedente: 20 días por año, ANTES y después de la reforma. Ya existe hace muchos años.

4.- Despido por causas objetivas (como pueden ser económicas) calificado como improcedente: 45 días hasta el 11 de febrero de 2012 y 33 después de ese día. Se hace un cálculo mixto. También entra en juego el tipo de contrato, si es de fomento del empleo y le es de aplicación la clausula adicional no se cual de la Ley 12/2001, serán 33 días desde el inicio.


Si la empresa efectúa un despido y no se está de acuerdo con el mismo, para lograr la improcedencia y conseguir la indemnización correspondiente a esa calificación, el trabajador deberá demandar a la empresa en el juzgado...y ganar, claro está.

Un saludo.
Dias por año
11/06/2012 16:13
hola, tenia entendido que hasta la fecha nos tenian que indenizar os años anteriores a 45 dias por año y a partir de la nueva fecha a2 0. pero hoy me dicen en mi empresa que no que son 20 dias por año. sabe alguien si me puedo coje a la antigua regulacion con 10 años de antiguedad en la empresa