En realidad no son muchas las ventajas de inscribirse como pareja de hecho, básicamente la más importante es la subrogación en el arrendamiento y la atribución del ajuar doméstico.
No obstante, es posible adquirir tal condición por el mero transcurso del tiempo, siempre que exista convivencia y que se encuentre acreditada, los plazos para que eso suceda dependen de la zona geográfica puesto que se regula por la comunidad autónoma.
Las ventajas existen pues tienen acreditada la convivencia no sólo en caso de separación sino en caso de viudedad o cualquier otra cuestión que pueda suscitarse y en la que tenga que acreditar dicha convivencia (no se prueba sólo con el empadronamiento que es un mero indicio y no, prueba plena). Un saludo.