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Diferencias de valor

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Diferencias de valor
15/03/2009 04:30
Mi problema es el siguiente. El 14 de marzo del 2007 me divorcie y en el convenido regulador que firmamos mi entonces marido y yo el 27/11/06 en las adjudicaciones entre otras cosas se me adjudico la que era nuestra vivienda habitual. El titular del piso en cuestion era mi marido, pese a que en la fecha de la compraventa 11/02/99 ya eramos pareja aunque no estabamos casados, de hecho los avalistas de la misma fueron mis padres.

El banco con el que teniamos contratada la hipoteca no permitia subrogación con lo que tuvimos que cancelar la existente y hacer una nueva a mi nombre.

Los datos de esta operacion fueron:
- Tras las adjudicaciones yo tenia que entregar a mi ex marido 78.105,3 euros.
- La hipoteca pdte era por valor de 45.284,02 euros

Por tanto yo tenia que solicitar una nueva hipoteca por estos importes.

Para cambiar la titularidad de la vivienda la abogada y el notario con los que tramitamos el divorcio y la liquidacion de gananciales dijero que mi ex marido tenia que firmar un documento ante notario, pero finalmente la gestoria del banco dijo que la operación tenia que ser bajo compraventa, al ser mi ex marido el unico titular de la vivienda y la hipoteca.

Realizamos compraventa por 123.415,59 euros, que era la suma de los importes indicados anteriormente, una parte para cancelar la hipoteca existente mas el pago de la liquidacion de gananciales.

La semana pasada he recibido una carta de Hacienda en la que me indican que tras comprobar el valor de la vivienda transmitida han encontrado diferencias. Adjuntan una serie de documentacion en la que aparece que en la liquidación del impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados el valor presentado en la autoliquidacion fue de 123.415, 59 euros pero el valor comprobado por la Administración es de 184.707 euros, como resultado indican que debo pagar 4.779, 39 euros.

Dispongo de 10 días habiles para formular alegaciones y presentar la documentacion que que considere necesaria.

Podrian decirme si relamente debo pagar este importe al no ser una conpraventa corriente sino entre conyuges tras la liquidación de ganaciales?

Muchas gracias.
Diferencias de valor | PorticoLegal
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15/03/2009 04:30
Mi problema es el siguiente. El 14 de marzo del 2007 me divorcie y en el convenido regulador que firmamos mi entonces marido y yo el 27/11/06 en las adjudicaciones entre otras cosas se me adjudico la que era nuestra vivienda habitual. El titular del piso en cuestion era mi marido, pese a que en la fecha de la compraventa 11/02/99 ya eramos pareja aunque no estabamos casados, de hecho los avalistas de la misma fueron mis padres.

El banco con el que teniamos contratada la hipoteca no permitia subrogación con lo que tuvimos que cancelar la existente y hacer una nueva a mi nombre.

Los datos de esta operacion fueron:
- Tras las adjudicaciones yo tenia que entregar a mi ex marido 78.105,3 euros.
- La hipoteca pdte era por valor de 45.284,02 euros

Por tanto yo tenia que solicitar una nueva hipoteca por estos importes.

Para cambiar la titularidad de la vivienda la abogada y el notario con los que tramitamos el divorcio y la liquidacion de gananciales dijero que mi ex marido tenia que firmar un documento ante notario, pero finalmente la gestoria del banco dijo que la operación tenia que ser bajo compraventa, al ser mi ex marido el unico titular de la vivienda y la hipoteca.

Realizamos compraventa por 123.415,59 euros, que era la suma de los importes indicados anteriormente, una parte para cancelar la hipoteca existente mas el pago de la liquidacion de gananciales.

La semana pasada he recibido una carta de Hacienda en la que me indican que tras comprobar el valor de la vivienda transmitida han encontrado diferencias. Adjuntan una serie de documentacion en la que aparece que en la liquidación del impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados el valor presentado en la autoliquidacion fue de 123.415, 59 euros pero el valor comprobado por la Administración es de 184.707 euros, como resultado indican que debo pagar 4.779, 39 euros.

Dispongo de 10 días habiles para formular alegaciones y presentar la documentacion que que considere necesaria.

Podrian decirme si relamente debo pagar este importe al no ser una conpraventa corriente sino entre conyuges tras la liquidación de ganaciales?

Muchas gracias.