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discriminación

4 Comentarios
 
17/10/2006 11:04
Muchas gracias, no me quedará más remedio que aguantarla hasta que una vez cumplido el contrato nos vayamos.
16/10/2006 12:10
Estoy de acuerdo con Jan.

Veo que la situación con la arrendadora esta deteriorada, quizá lo que busca es que te vayas. Si lo analizamos friamente, el tema de la mirilla es una tontería (quizá la gota que colmó el vaso).

Ten presente que las puertas son suyas y pone mirilla dónde quiere, otra cosa es que te cobre una derrama por la mirilla y no te la instale.

Respecto a los gastos de comunidad. la propiedad actúa a modo de tahúr, te carga los gastos de comunidad, pero es ella quien los determmina, ya que le pertenece toda la casa. Mi consejo es que controles que no te los sube inopinadamente, y como máximo el duplo del IPC, tal y como especifica el art 20.2. LPH.

Saludos
16/10/2006 11:56
Muchas gracias por tu consejo Jan; el caso es que en el contrato sí se especifica la cuantía del importe de la comunidad, pero no se detalla qué se cubre con ese dinero.
Lo que no me parece nada justo es que esta señorita se este riendo de mi pareja y de mi, con los desplantes que nos hace, dejando nuestro piso sin una serie de servicios que está poniendo en los otros; no se le podría dar un escarmiento como no pagarle hasta que nos ponga una mirilla como al resto de los inquilinos?
Es que estamos viviendo una situación muy injusta, y quiero hacer algo ara remediarlo, no puede ser que haga lo que le venga en gana.
13/10/2006 17:35
Hola inquilina insatisfecha. Por lo que manifiesta en su consulta usted se hace cargo de los gastos de comunidad. En este caso en su contrato ha de existir una clausula que establezca el importe al que ascienden estos gastos en cómputo anual. Si dichos servicios( ascensor,portería,limpieza ect..) no existen o no se realizan usted debe ponerlo en conocimiento de su Arrendadora para que se realicen( art 27.1 LAU 1994). No le aconsejo que deje de pagarlos sin más,pues le acarreará problemas.

En cuanto al desestimiento del contrato hay 2 opciones:

1) Que en el propio contarto se haya recogido tal eventualidad y se haya hecho constar una indemnización para la parte Arrendadora.

2) Que el contrato no recoja dicha contingencia:

- Usted puede intentar llegar aun acuerdo por escrito con su arrendadora para desalojar la vivienda, con el plazo de preaviso que ustedes determinen, sin que ésta tenga derecho a ninguna indemnización.

- Que no llegen a ningún acuerdo y usted abandone la vivienda. Es muy probable que su Arrendadora la demande y usted tenga que contratar los servicios de Abogado/a y Procurador/a.

Salvo mejor criterio. Un saludo.
Discriminación
13/10/2006 13:31
Buenos días:

A continuación expongo brevemente mi situación con la esperanza de que puedan darme algún consejo. Pues bien, mi pareja y yo estamos en régimen de alquiler en un piso dentro de un edificio de tres plantas, que pertenece a la misma persona y todos los tiene en alquiler.
El caso es que ha puesto mirillas en todas las puertas menos en la nuestra, dice que los carpinteros estan de vacaciones, en fin ridículo cuando hablamos de que estamos en una ciudad donde sobran; no es la 1º que tenemos con ella, se le estaba pagando x€ en copncepto de comunidad y ni siquiera venia nadie a limpiar; como al principio eramos los unicos habitantes en el edificio todas las quejas eran nuestras.
Mi pregunta es si puedo dar orden a mi entidad bancaria para que retroceda la domiciliación del pago de esta señorita por el alquiler mensual hasta que cumpla sus obligaciones como propietaria?
Para colmo de dos móviles que nos ha dado, nunca lo coge o lo tiene apagado y jamás devuelve las llamadas. eS UNA PERSONA A MI PARECER MUY POCO SERIA, por otra parte tenemos el contrato por un año, sería hasta junio del 2007, qué pasaría si dejásemos el piso antes del fin del contrato por todo esto que nos está pasando con ella?

Gracias por haber leido mis inquietudes como inquilina.

Saludos desde Galicia.
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Muchas gracias, no me quedará más remedio que aguantarla hasta que una vez cumplido el contrato nos vayamos.
16/10/2006 12:10
Estoy de acuerdo con Jan.

Veo que la situación con la arrendadora esta deteriorada, quizá lo que busca es que te vayas. Si lo analizamos friamente, el tema de la mirilla es una tontería (quizá la gota que colmó el vaso).

Ten presente que las puertas son suyas y pone mirilla dónde quiere, otra cosa es que te cobre una derrama por la mirilla y no te la instale.

Respecto a los gastos de comunidad. la propiedad actúa a modo de tahúr, te carga los gastos de comunidad, pero es ella quien los determmina, ya que le pertenece toda la casa. Mi consejo es que controles que no te los sube inopinadamente, y como máximo el duplo del IPC, tal y como especifica el art 20.2. LPH.

Saludos
16/10/2006 11:56
Muchas gracias por tu consejo Jan; el caso es que en el contrato sí se especifica la cuantía del importe de la comunidad, pero no se detalla qué se cubre con ese dinero.
Lo que no me parece nada justo es que esta señorita se este riendo de mi pareja y de mi, con los desplantes que nos hace, dejando nuestro piso sin una serie de servicios que está poniendo en los otros; no se le podría dar un escarmiento como no pagarle hasta que nos ponga una mirilla como al resto de los inquilinos?
Es que estamos viviendo una situación muy injusta, y quiero hacer algo ara remediarlo, no puede ser que haga lo que le venga en gana.
13/10/2006 17:35
Hola inquilina insatisfecha. Por lo que manifiesta en su consulta usted se hace cargo de los gastos de comunidad. En este caso en su contrato ha de existir una clausula que establezca el importe al que ascienden estos gastos en cómputo anual. Si dichos servicios( ascensor,portería,limpieza ect..) no existen o no se realizan usted debe ponerlo en conocimiento de su Arrendadora para que se realicen( art 27.1 LAU 1994). No le aconsejo que deje de pagarlos sin más,pues le acarreará problemas.

En cuanto al desestimiento del contrato hay 2 opciones:

1) Que en el propio contarto se haya recogido tal eventualidad y se haya hecho constar una indemnización para la parte Arrendadora.

2) Que el contrato no recoja dicha contingencia:

- Usted puede intentar llegar aun acuerdo por escrito con su arrendadora para desalojar la vivienda, con el plazo de preaviso que ustedes determinen, sin que ésta tenga derecho a ninguna indemnización.

- Que no llegen a ningún acuerdo y usted abandone la vivienda. Es muy probable que su Arrendadora la demande y usted tenga que contratar los servicios de Abogado/a y Procurador/a.

Salvo mejor criterio. Un saludo.
Discriminación
13/10/2006 13:31
Buenos días:

A continuación expongo brevemente mi situación con la esperanza de que puedan darme algún consejo. Pues bien, mi pareja y yo estamos en régimen de alquiler en un piso dentro de un edificio de tres plantas, que pertenece a la misma persona y todos los tiene en alquiler.
El caso es que ha puesto mirillas en todas las puertas menos en la nuestra, dice que los carpinteros estan de vacaciones, en fin ridículo cuando hablamos de que estamos en una ciudad donde sobran; no es la 1º que tenemos con ella, se le estaba pagando x€ en copncepto de comunidad y ni siquiera venia nadie a limpiar; como al principio eramos los unicos habitantes en el edificio todas las quejas eran nuestras.
Mi pregunta es si puedo dar orden a mi entidad bancaria para que retroceda la domiciliación del pago de esta señorita por el alquiler mensual hasta que cumpla sus obligaciones como propietaria?
Para colmo de dos móviles que nos ha dado, nunca lo coge o lo tiene apagado y jamás devuelve las llamadas. eS UNA PERSONA A MI PARECER MUY POCO SERIA, por otra parte tenemos el contrato por un año, sería hasta junio del 2007, qué pasaría si dejásemos el piso antes del fin del contrato por todo esto que nos está pasando con ella?

Gracias por haber leido mis inquietudes como inquilina.

Saludos desde Galicia.