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disfrute de piso.

3 Comentarios
 
24/01/2007 18:19
Pues si todos son herederos, es decir, copropietarios, y no hicieron ningún contrato relativo a los gastos, los 6 deben dinero a la comunidad.
Y si todos figuran como copropietarios, es necesario el consentimiento de todos para cualquier cosa que se quiera hacer con el piso.
24/01/2007 17:20
Gracias por tu respuesta Rus, parece que sí, que todo está en orden hay testamento y se hicieron los papeles pertinentes para que el piso figurara a nombre de los seis hermanos.
24/01/2007 12:51
¿Había testamento?
¿Han pagado el Impuesto de Sucesiones?
¿Han hecho la partición de la herencia?
¿Han inscrito algo en el Registro de la Propiedad?.
¿Habían acordado con su hermano que él se haría cargo de los gastos?

La prescripción (adquirir la propiedad por el uso) se regula en el Código Civil, arts. 1940 y siguientes.
Disfrute de piso.
24/01/2007 12:37
Somos seis hermanos. Todos casados y con nuestro propio piso, excepto el pequeño que a la muerte de mi madre se quedó en el piso que es propiedad de los seis. Ahora nos hemos enterado que debe mucho dinero a la comunidad y otras deudas aparte con el banco. Si la comunidad le denuncia, o tiene problemas con el banco, podría hipotecar el piso sólo con su firma? O su parte? Por otro lado, he oido que si permanece en la vivienda x años llega un momento en que tiene derecho sobre ella y no se podría vender el piso, ¿es cierto? Muchas gracias
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Pues si todos son herederos, es decir, copropietarios, y no hicieron ningún contrato relativo a los gastos, los 6 deben dinero a la comunidad.
Y si todos figuran como copropietarios, es necesario el consentimiento de todos para cualquier cosa que se quiera hacer con el piso.
24/01/2007 17:20
Gracias por tu respuesta Rus, parece que sí, que todo está en orden hay testamento y se hicieron los papeles pertinentes para que el piso figurara a nombre de los seis hermanos.
24/01/2007 12:51
¿Había testamento?
¿Han pagado el Impuesto de Sucesiones?
¿Han hecho la partición de la herencia?
¿Han inscrito algo en el Registro de la Propiedad?.
¿Habían acordado con su hermano que él se haría cargo de los gastos?

La prescripción (adquirir la propiedad por el uso) se regula en el Código Civil, arts. 1940 y siguientes.
Disfrute de piso.
24/01/2007 12:37
Somos seis hermanos. Todos casados y con nuestro propio piso, excepto el pequeño que a la muerte de mi madre se quedó en el piso que es propiedad de los seis. Ahora nos hemos enterado que debe mucho dinero a la comunidad y otras deudas aparte con el banco. Si la comunidad le denuncia, o tiene problemas con el banco, podría hipotecar el piso sólo con su firma? O su parte? Por otro lado, he oido que si permanece en la vivienda x años llega un momento en que tiene derecho sobre ella y no se podría vender el piso, ¿es cierto? Muchas gracias