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10/11/2006 11:55
Según el Convenio de la Empresa, si el periodo de baja de accidente coincide con el de vacaciones, estas se pueden disfrutar al finalizar la suspensión. La pregunta es si se da el mismo trato cuando se trata de un accidente "In itinere".
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Según el Convenio de la Empresa, si el periodo de baja de accidente coincide con el de vacaciones, estas se pueden disfrutar al finalizar la suspensión. La pregunta es si se da el mismo trato cuando se trata de un accidente "In itinere".