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disidente art.11

2 Comentarios
 
Disidente art.11
02/02/2004 09:12
En mi comunidad de propietarios va a realizarse una rehabilitación con obras que a mi entender suponen mejoras respecto a la construcción inicial del edificio, como por ejemplo cambiar el material que recubre la fachada o utilizar aislantes e impermeabilizantes que anteriormente no existían. Suponiendo que pueda aplicarse el art.11 de la ley de Propiedad Horizontal ¿ en que terminos puedo declararme disidente? Muchas gracias.
02/02/2004 12:55
Hola.
AL margen de que las obras realizadas en la fachada entiendo que pese a utilizar elementos distintos a los existentes en la construccion inicial del edificio no son de mejora sino de conservación, usted puede declararse disidente votando en contra del acuerdo y haciendo que se recoja en acta su voto disidente al acuerdo en base a que usted considera que tales obras no son de conservacion sino de mejora por los motivos que usted entienda apoyan su valoración y su decision.

1 saludo
manvimo@terra.es
abogado
02/02/2004 15:34
Tiene razón helpman, pero no es una mejor poner aislantes e impermeabilizantes, sino que en el momento que se construyo el edificio seguramente, no existian o eran de peor calidad.
Y el cambiar material que recubra la fachada seguramente será por lo mismo, para que no vuelvan a tener problemas mañana.
Mi opinión es no debe usted de declararse desidente, pues con un buen informe de un aparejador o arquitecto, va a pagar usted y ademas va a tener a sus vecinos en contra.
disidente art.11 | PorticoLegal
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Disidente art.11
02/02/2004 09:12
En mi comunidad de propietarios va a realizarse una rehabilitación con obras que a mi entender suponen mejoras respecto a la construcción inicial del edificio, como por ejemplo cambiar el material que recubre la fachada o utilizar aislantes e impermeabilizantes que anteriormente no existían. Suponiendo que pueda aplicarse el art.11 de la ley de Propiedad Horizontal ¿ en que terminos puedo declararme disidente? Muchas gracias.
02/02/2004 12:55
Hola.
AL margen de que las obras realizadas en la fachada entiendo que pese a utilizar elementos distintos a los existentes en la construccion inicial del edificio no son de mejora sino de conservación, usted puede declararse disidente votando en contra del acuerdo y haciendo que se recoja en acta su voto disidente al acuerdo en base a que usted considera que tales obras no son de conservacion sino de mejora por los motivos que usted entienda apoyan su valoración y su decision.

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manvimo@terra.es
abogado
02/02/2004 15:34
Tiene razón helpman, pero no es una mejor poner aislantes e impermeabilizantes, sino que en el momento que se construyo el edificio seguramente, no existian o eran de peor calidad.
Y el cambiar material que recubra la fachada seguramente será por lo mismo, para que no vuelvan a tener problemas mañana.
Mi opinión es no debe usted de declararse desidente, pues con un buen informe de un aparejador o arquitecto, va a pagar usted y ademas va a tener a sus vecinos en contra.