Pues lo mismo: procedimiento de división de la cosa común, necesario abogado y procurador. Basta con que uno de ellos quiera, como si son 500 los comuneros (art. 400). Lo razonable de todas maneras (sabiendo que al final la ley obliga a todos) es hacerlo de mutuo acuerdo mediante extinción de condominio, o comprándole su parte los que quieren conservarlo, y minimizar los gastos para todos. No debería hacer falta nunca meter a abogados y jueces por medio en una cosa tan simple y clara en la ley; solo si no hay acuerdo por mala fe es cuando hace falta ir a juzgado. En ese caso es conveniente enviar burofax por parte del que desea la división y las costas serán (normalmente) para los que la han evitado de forma consensuada. Lo que está meridianamente claro es que ningún copropietario está obligado a permanecer en una comunidad de bienes. A partir de ahí cada cual que se complique la vida lo que quiera.
Buenas noches!! Que se tiene que hacer para disolver una comunidad de bienes con 3 comuneros a partes iguales cuando solo 1 de ellos quiere la disolución de la misma? Cabe mencionar que hay hipoteca de por medio para los próximos 2 años! Gracias y quedo a la espera de vuestra respuesta!