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Division cosa común

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Division cosa común
23/07/2012 12:20
Pareja que en estado de solteros compra vivienda por mitad y privativa. Meses después contraen matrimonio en régimen de gananciales. El padre de él compra los muebles de la vivienda unos meses antes de que la pareja contrajese matrimonio. 5 años después los cónyuges se divorcian de mutuo acuerdo y en el convenio regulador se estipula que cada uno de los cónyuges tiene que pagar el 50% de las cuotas del préstamo hipotecario, sin embargo la esposa incumple, y algunas de las cuotas no las pagas haciéndose cargo del pago exclusivo el esposo. Igualmente en el convenio regulador se determina que la esposa tendrá derecho a disfrutar de la vivienda hasta la extinción del condominio que en todo caso tendrá lugar en un plazo máximo de 5 meses. Ya han pasado dos años desde entonces. Finalmente en otra cláusula del convenio regulador se establece que no existen bienes gananciales. Por lo tanto no se ha instado liquidación de la sociedad de gananciales.

Por ello pretendo ejercitar las siguientes acciones:

1.- ACCIÓN DIVISIÓN COSA COMÚN DEL INMUEBLE (inmueble que es de protección oficial, por lo tanto la cuantía de la demanda sería el precio fijado por la CCAA, ¿cierto?

2.- ACCIÓN DE RECLAMACIÓN DE CANTIDAD POR IMPAGO DE LAS CUOTAS DE PRÉSTAMO HIPOTECARIO (en caso de acumular estas accónes división y reclamación ¿cuál sería la cuantía de la demanda la del inmueble o la del inmueble las cantidades que se reclaman por impago de las cuotas del préstamo hipotecario?)

3.- Como la esposa ha estado disfrutando exclusivamente de la vivienda después de los 5 meses que se determinó en el convenio regulador, ¿Podría acumular esta acción también a las anteriores? (¿cómo se valora eses uso? ¿podría valorarlo conforme a la cantidad que la CCAA determina en caso de alquiler de las viviendas de protección oficial? ¿cómo sería la cuantía de la demanda en este caso?

4.- En cuanto a los MUEBLES de la vivienda ¿debería solicitar también su división en este procedimiento o existen otras soluciones alternativas?

5.- Igualmente, existe una tarjeta que fue adquirida estando vigente el matrimonio en régimen de gananciales y en la que aparece como único titular el esposo , dicha tarjeta tiene un saldo negativo de unos 2.000 euros. ¿podría ejercitarse dicha acción también en este procedimiento?

6.- Por último , agradecería me pudieras facilitar un FORMULARIO EN EL QUE SE EJERCITE LA ACCIÓN DE DIVISIÓN DE COSA COMÚN CONJUNTAMENTE CON LA DE RECLAMACIÓN DE CANTIDAD POR IMPAGO DE LAS CUOTAS DEL PRÉSTAMO HIPOTECARIO

muchas gracias
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23/07/2012 12:20
Pareja que en estado de solteros compra vivienda por mitad y privativa. Meses después contraen matrimonio en régimen de gananciales. El padre de él compra los muebles de la vivienda unos meses antes de que la pareja contrajese matrimonio. 5 años después los cónyuges se divorcian de mutuo acuerdo y en el convenio regulador se estipula que cada uno de los cónyuges tiene que pagar el 50% de las cuotas del préstamo hipotecario, sin embargo la esposa incumple, y algunas de las cuotas no las pagas haciéndose cargo del pago exclusivo el esposo. Igualmente en el convenio regulador se determina que la esposa tendrá derecho a disfrutar de la vivienda hasta la extinción del condominio que en todo caso tendrá lugar en un plazo máximo de 5 meses. Ya han pasado dos años desde entonces. Finalmente en otra cláusula del convenio regulador se establece que no existen bienes gananciales. Por lo tanto no se ha instado liquidación de la sociedad de gananciales.

Por ello pretendo ejercitar las siguientes acciones:

1.- ACCIÓN DIVISIÓN COSA COMÚN DEL INMUEBLE (inmueble que es de protección oficial, por lo tanto la cuantía de la demanda sería el precio fijado por la CCAA, ¿cierto?

2.- ACCIÓN DE RECLAMACIÓN DE CANTIDAD POR IMPAGO DE LAS CUOTAS DE PRÉSTAMO HIPOTECARIO (en caso de acumular estas accónes división y reclamación ¿cuál sería la cuantía de la demanda la del inmueble o la del inmueble las cantidades que se reclaman por impago de las cuotas del préstamo hipotecario?)

3.- Como la esposa ha estado disfrutando exclusivamente de la vivienda después de los 5 meses que se determinó en el convenio regulador, ¿Podría acumular esta acción también a las anteriores? (¿cómo se valora eses uso? ¿podría valorarlo conforme a la cantidad que la CCAA determina en caso de alquiler de las viviendas de protección oficial? ¿cómo sería la cuantía de la demanda en este caso?

4.- En cuanto a los MUEBLES de la vivienda ¿debería solicitar también su división en este procedimiento o existen otras soluciones alternativas?

5.- Igualmente, existe una tarjeta que fue adquirida estando vigente el matrimonio en régimen de gananciales y en la que aparece como único titular el esposo , dicha tarjeta tiene un saldo negativo de unos 2.000 euros. ¿podría ejercitarse dicha acción también en este procedimiento?

6.- Por último , agradecería me pudieras facilitar un FORMULARIO EN EL QUE SE EJERCITE LA ACCIÓN DE DIVISIÓN DE COSA COMÚN CONJUNTAMENTE CON LA DE RECLAMACIÓN DE CANTIDAD POR IMPAGO DE LAS CUOTAS DEL PRÉSTAMO HIPOTECARIO

muchas gracias