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División horizontal y piscina.

1 Comentarios
 
División horizontal y piscina.
28/01/2020 10:09
Buenos dias ,poseo una vivienda unifamiliar en un terreno en division horizontal.

En la escritura se atribuye como anejo el uso y disfrute del terreno en el que se ubica la vivienda, con escritura de divison horizontal previamente establecida ( segun mi escritura) y cuyos estatutos se adjuntan como anexo a mi escritura ,figura lo siguiente:

Regimen de comunidad
Articulo 2... Conforme a su destino de deshaogo, ocio y esparcimiento para la vivienda a que respectivsmente se atribuye su uso y disfrute exclusivo, el propietario de cada una de las cinco viviendas unifamiliares que se levantan en la finca podran usar del terreno o terrenos cuyo uso y disfrute exclusivo se le ha asignado, en la forma que libremente designe, cerrandolos mediante valla metalica, e instalando en los mismos el mobiliaroo que determine , e incluso toldos o marquesinas, elementos decorativos y cualesquiera instalaciones accesorias a la vivienda , temporales o fijas y plantaciones incluso arbustos de jardin, con la limitacion de que las plantaciones lo sean de arbustos de poca altura , seis metros maximo , debiendo ser podados cuando rebasen dicha altura.


Para la excavacion e instalacion de piscina prefabricada, con esto anterior me serviria para solicitar licencia y registrarla en catastro?
29/01/2020 11:50
As88
"y cualesquiera instalaciones accesorias a la vivienda, temporales o fijas" (con la única limitación en altura.
Yo entiendo que sí, aunque tampoco está nunca de más ser cortés e informar a la comunidad y ver si nadie tiene inconveniente.
División horizontal y piscina. | PorticoLegal
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División horizontal y piscina.
28/01/2020 10:09
Buenos dias ,poseo una vivienda unifamiliar en un terreno en division horizontal.

En la escritura se atribuye como anejo el uso y disfrute del terreno en el que se ubica la vivienda, con escritura de divison horizontal previamente establecida ( segun mi escritura) y cuyos estatutos se adjuntan como anexo a mi escritura ,figura lo siguiente:

Regimen de comunidad
Articulo 2... Conforme a su destino de deshaogo, ocio y esparcimiento para la vivienda a que respectivsmente se atribuye su uso y disfrute exclusivo, el propietario de cada una de las cinco viviendas unifamiliares que se levantan en la finca podran usar del terreno o terrenos cuyo uso y disfrute exclusivo se le ha asignado, en la forma que libremente designe, cerrandolos mediante valla metalica, e instalando en los mismos el mobiliaroo que determine , e incluso toldos o marquesinas, elementos decorativos y cualesquiera instalaciones accesorias a la vivienda , temporales o fijas y plantaciones incluso arbustos de jardin, con la limitacion de que las plantaciones lo sean de arbustos de poca altura , seis metros maximo , debiendo ser podados cuando rebasen dicha altura.


Para la excavacion e instalacion de piscina prefabricada, con esto anterior me serviria para solicitar licencia y registrarla en catastro?
29/01/2020 11:50
As88
"y cualesquiera instalaciones accesorias a la vivienda, temporales o fijas" (con la única limitación en altura.
Yo entiendo que sí, aunque tampoco está nunca de más ser cortés e informar a la comunidad y ver si nadie tiene inconveniente.