Quiero completar una consulta que he realizado relativa a un divorcio contencioso con otras cuestiones adicionales.
- Debo de fijar ya una pensión de alimentos con mi demanda aún teniendo en cuenta que hasta el resultado de la investigación patrimonial del demandado no puede conocer su patrimonio e ingresos actuales de manera que pueda obrar en consecuencia y pedir una pensión que sea proporcionar a los mismos? Si solicita una pensión de alimentos con mi demanda, luego, a resultas de la investigación patrimonial del demandado, es modificable en algún momento procesal posterior?
- Si la demanda es de un divorcio contencioso y aún no se sabe hasta la sentencia judicial cual de los progenitores se va a ver obligado a satisfacer la pensión de alimentos por el hijo común, yo además de solicitarla en la demanda debo de incluir ya un número de cuenta bancario de mi mandante para su abono?