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Divorcio contencioso

1 Comentarios
 
Divorcio contencioso
13/04/2020 13:13
Buenos días. Me surge la duda de un último paso en mi sentencia de divorcio contencioso.
Una vez obtenida la sentencia de divorcio contencioso, al me, este 23 de marzo, se me pidió una tasa extra que nunca se me comunicó anteriormente (218,40 euros) a favor del Juzgado por publicar mediante edictos la Sentencia para que se inscriba la Sentencia en el Registro Civil. ¿Este paso lo puedo realizar yo personalmente llevando la sentencia al registro civil para no pagar esa tasa? ¿O que otras vías puede haber?

Que plazo de pago tengo ahora, con el tema del confinamiento. ¿Al no poderlo pagar que pasaría?

Gracias por la atención. Saludos cordiales.
13/04/2020 20:03
Laualga
Todos los plazos están en suspenso, aunque probablemente la providencia que ha recibido no está sujeta a plazo, sino a condición: cuando pague se le da por cumplido el trámite de notificación, y podrá inscribir. No le podían haber avisado antes porque no consta un domicilio de su expareja o bien han resultado inútiles los intentos de localizarle; de ahí que ahora sea necesario la práctica de la notificación edictal, una vez dictada sentencia. No hay nada que pueda hacer usted para sustituir este trámite, y en el Registro Civil (si alguna vez consigue cita) no le van a inscribir nada, pues esa es una comunicación directa y necesaria del Juzgado, que la cursa cuando la misma es firme, es decir, que ha transcurrido el plazo legal desde que se practicó la notificación. Si no puede usted llevar a su expareja a que se notifique, ha de pagar, puesto que no cuenta con justicia gratuita (si no, no le habrían pasado la factura).
Divorcio contencioso | PorticoLegal
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13/04/2020 13:13
Buenos días. Me surge la duda de un último paso en mi sentencia de divorcio contencioso.
Una vez obtenida la sentencia de divorcio contencioso, al me, este 23 de marzo, se me pidió una tasa extra que nunca se me comunicó anteriormente (218,40 euros) a favor del Juzgado por publicar mediante edictos la Sentencia para que se inscriba la Sentencia en el Registro Civil. ¿Este paso lo puedo realizar yo personalmente llevando la sentencia al registro civil para no pagar esa tasa? ¿O que otras vías puede haber?

Que plazo de pago tengo ahora, con el tema del confinamiento. ¿Al no poderlo pagar que pasaría?

Gracias por la atención. Saludos cordiales.
13/04/2020 20:03
Laualga
Todos los plazos están en suspenso, aunque probablemente la providencia que ha recibido no está sujeta a plazo, sino a condición: cuando pague se le da por cumplido el trámite de notificación, y podrá inscribir. No le podían haber avisado antes porque no consta un domicilio de su expareja o bien han resultado inútiles los intentos de localizarle; de ahí que ahora sea necesario la práctica de la notificación edictal, una vez dictada sentencia. No hay nada que pueda hacer usted para sustituir este trámite, y en el Registro Civil (si alguna vez consigue cita) no le van a inscribir nada, pues esa es una comunicación directa y necesaria del Juzgado, que la cursa cuando la misma es firme, es decir, que ha transcurrido el plazo legal desde que se practicó la notificación. Si no puede usted llevar a su expareja a que se notifique, ha de pagar, puesto que no cuenta con justicia gratuita (si no, no le habrían pasado la factura).