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divorcio contencioso

23 Comentarios
Viendo 21 - 23 de 23 comentarios
24/10/2007 21:04
Ningún sentido tiene presentar un convenio regulador, porque es un acuerdo interpartes y si se presenta un contencioso es, precisamente, porque no hay acuerdo. Por lo tanto, las medidas que se solicitarían en convenio mediante un mutuo acuerdo son, precisamente, la causa petendi de la demanda contenciosa. SIn olvidar que el convenio regulador debe ser ratificado por las partes que lo suscribieron. Y dudo mucho que lo hiciese el demandado por vía contenciosa pues el cauce, si se llegase a acuerdo, sería la solicitud de reconversión a mutuo acuerdo.

En cuanto a la compensatoria, el argumento que expones es bastante interesante como para conseguir que no se la den, pero no necesariamente suficiente. Mira jurisprudencia al respecto de tu Audiencia.
24/10/2007 20:56
Gracias por tu respuesta; lo de contencioso a mutuo acuerdo y viceversa lo tengo claro. Respecto a la propuesta de convenio en un contencioso, creo q en su caso su señoría se limitaría a ignorarlo "elegantemente", pues si para nada sirve, ningún daño hace.

Me interesa sobretodo suprimir la compensatoria, la ex ya reconoció una nueva relación durante un juicio penal. Saludos¡
24/10/2007 19:15
En los divorcios contenciosos no se aporta propuesta de convenio regulador, porque se supone que al ser contencioso no hay acuerdo.

Debes aportar convenio cuando se trata de una demanda de divorcio de mutuo acuerdo o de un cónyuge con el consentimiento del otro.

Hay procedimientos que comienzan siendo contencioso, y luego los conyuges quieren llegar a un acuerdo. Es entonces cuando el contencioso se transforma en mutuo acuerdo y se aporta convenio regulador (art. 770.5 LEC).

Un saludo.
Divorcio contencioso
24/10/2007 18:53
Tengo un divorcio contencioso entre manos y no sé si debo o puedo acompañar propuesta de convenio regulador. Es q la procu me acaba de decir q no hace falta y q no se acompaña y yo ya lo tengo redactado.

Otra duda q tengo es si están aplicando la circunstancia de q una vez inicada una nueva relación marital por la ex pareja, cesa el dcho a percibir la pensión compensatoria ex art. 101 CC. Gracias por adelantado¡