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Divorcio de contencioso a consensual

7 Comentarios
 
Divorcio de contencioso a consensual
14/10/2006 15:36
Estimados compañeros:

Interpuse de demanda contencioso y el abogado contrario me llama para reconvertirlo a consensual tras recibir la demanda. Creo que se le pasa el plazo aunque ya le di el convenio firmado por mi cliente. Me ha dicho que si llega a ser contencioso porque su cliente mno quiera finalmente firmar el destruye el documento pero, ¿lo podria presentar? ¿podria alegar mala fe en ese caso?
Y otra custion, Cuando se presenta una demanda de divorcio de uno solo con el consentimiento del otro, habiendo firmado ya convenio regulador, ¿tiene que nombrar el conyuge que no interpione demanda procurador? o basta solo con que ratifique el convenio? en ambos casos ¿como le llega la sentencia de divorcio a su domicilio o al procurador del otro conyuge?

Gracias
14/10/2006 16:45
El Convenio han de ratificarlo ambos cónyuges; por eso no te preocupes. Si no lo ratifica tu cliente, nada.

Si te he entendido bien...
14/10/2006 17:01
Pueden actuar con el mismo Procurador.

él se encargará de hacer llegar la Sentencia a ambos cónyuges.
14/10/2006 17:06
A ver, te lo intento explicar:

1.- Demanda de Divorcio contenciosa

2.- Se pasa a consensuada

3.- Mismo Procurador, puede ser

4.- Se presenta escrito ante Juzgado, diciendo se ha modificado de contenciosa a consensuada

5.- Se firma convenio y se presenta a Juzgado

6.- Juzgado cita a ambos cónyuges, para que ratifiquen el Convenio.

Ya está. Si hay hijos menores, tarda un poquito más la Sentencia, porque interviene el MF.

Procurador notifica la Sentencia a ambos cónyuges.

Más o menos. Sauldos, y salvo mejor opinión.

Suerte.
14/10/2006 17:18
Y donde has de centrar todo tu esfuerzo es en el Convenio, sobre todo si hay hijos menores. Que quede todo atado y bien atado, a fin de evitar interpretaciones, confusiones, discusiones, etc. en un futuro.

Suerte. Y espera más opiniones
14/10/2006 20:19
Muchas gracias compañeros, pero , ¿es necesario el apoderamiento apud acta del procurador del otro conyuge? ¿y si fuese una demanda de divorcio consensual de un conyuge con consentimiento dle otro, no bastaria con la ratificacion o tendria que apoderar al procurador?
Muchas gracias
14/10/2006 21:31
Creo que te estás liando con lo del procurador.
Si se ha presentado demanda contenciosa y se va a reconducir de mutuo acuerdo será tu mismo procurador quien presente presente la correspondiente solicitud y será el único procurador en cuestión. Sólamente en el caso de que el juez no aprobase alguna medida incluida en el convenio daría un plazo de cinco días a la otra parte para que si quiere nombre nueva representación y defensa.
Salvo mejor opinión.
Saludos.
16/10/2006 00:21
pero bueno este Pórculo ¿donde se licenció?
¡Pobres de sus clientes...! Les harás rebajilla por lo menos ¿no?
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Divorcio de contencioso a consensual

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Divorcio de contencioso a consensual
14/10/2006 15:36
Estimados compañeros:

Interpuse de demanda contencioso y el abogado contrario me llama para reconvertirlo a consensual tras recibir la demanda. Creo que se le pasa el plazo aunque ya le di el convenio firmado por mi cliente. Me ha dicho que si llega a ser contencioso porque su cliente mno quiera finalmente firmar el destruye el documento pero, ¿lo podria presentar? ¿podria alegar mala fe en ese caso?
Y otra custion, Cuando se presenta una demanda de divorcio de uno solo con el consentimiento del otro, habiendo firmado ya convenio regulador, ¿tiene que nombrar el conyuge que no interpione demanda procurador? o basta solo con que ratifique el convenio? en ambos casos ¿como le llega la sentencia de divorcio a su domicilio o al procurador del otro conyuge?

Gracias
14/10/2006 16:45
El Convenio han de ratificarlo ambos cónyuges; por eso no te preocupes. Si no lo ratifica tu cliente, nada.

Si te he entendido bien...
14/10/2006 17:01
Pueden actuar con el mismo Procurador.

él se encargará de hacer llegar la Sentencia a ambos cónyuges.
14/10/2006 17:06
A ver, te lo intento explicar:

1.- Demanda de Divorcio contenciosa

2.- Se pasa a consensuada

3.- Mismo Procurador, puede ser

4.- Se presenta escrito ante Juzgado, diciendo se ha modificado de contenciosa a consensuada

5.- Se firma convenio y se presenta a Juzgado

6.- Juzgado cita a ambos cónyuges, para que ratifiquen el Convenio.

Ya está. Si hay hijos menores, tarda un poquito más la Sentencia, porque interviene el MF.

Procurador notifica la Sentencia a ambos cónyuges.

Más o menos. Sauldos, y salvo mejor opinión.

Suerte.
14/10/2006 17:18
Y donde has de centrar todo tu esfuerzo es en el Convenio, sobre todo si hay hijos menores. Que quede todo atado y bien atado, a fin de evitar interpretaciones, confusiones, discusiones, etc. en un futuro.

Suerte. Y espera más opiniones
14/10/2006 20:19
Muchas gracias compañeros, pero , ¿es necesario el apoderamiento apud acta del procurador del otro conyuge? ¿y si fuese una demanda de divorcio consensual de un conyuge con consentimiento dle otro, no bastaria con la ratificacion o tendria que apoderar al procurador?
Muchas gracias
14/10/2006 21:31
Creo que te estás liando con lo del procurador.
Si se ha presentado demanda contenciosa y se va a reconducir de mutuo acuerdo será tu mismo procurador quien presente presente la correspondiente solicitud y será el único procurador en cuestión. Sólamente en el caso de que el juez no aprobase alguna medida incluida en el convenio daría un plazo de cinco días a la otra parte para que si quiere nombre nueva representación y defensa.
Salvo mejor opinión.
Saludos.
16/10/2006 00:21
pero bueno este Pórculo ¿donde se licenció?
¡Pobres de sus clientes...! Les harás rebajilla por lo menos ¿no?