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divorcio, pensión...

10 Comentarios
 
divorcio, pensión...
03/06/2014 12:13
Hola a todos, a ver si podéis echarnos una mano...

Después de 29 años de matrimonio (con maltrato psicológico) y tres hijos, uno menor de edad y dos en la universidad, se separan. Desde el principio de la relación deciden que ella se encargaría de la casa y de los hijos, ya que con el trabajo del marido ganaban más que suficiente. Si se le pregunta, el marido no sabe cuántas operaciones tuvo el mayor, en qué curso está el menor o simplemente que puede comer o no su hijo celíaco. Tampoco sabe encender ni la cocina o horno, poner lavadoras o hacer cualquier cosa relacionada con el hogar. El es funcionario y ahora mismo con 3600euros/mes. No sé si las extras se tienen que tener en cuenta.

Ofrece 500 euros de pensión compensatoria. Ella sin estudios, sin haber trabajado nunca y con 52 años. El piso era de los dos, hasta que hace unos años en un momento de tratamiento psiquiátrico y depresión de la mujer consiguió quitárselo.

También daría 200 euros de pensión alimenticia por hijo, siendo uno celíaco. Gastos médicos y relacionados con actividades culturales y clases de apoyo al 50%. Él no quiere quedarse con la custodia ni los hijos quieren quedarse con él. Aún así podría haber informes de la psicóloga de siempre y puede que de un psiquiatra actual diciendo que los hijos no podrían quedar a cargo del padre.

Ofrece el piso a los hijos y a la mujer durante 7 años, momento en que el menor cumpliría 23 años. Ni la mujer ni los hijos quieren el piso, se irían de alquiler a otro lado. Se quedaría él con el piso, con su correspondiente hipoteca de 150 euros/mes de la que sólo quedan unos 9000 euros.

El marido se fue de casa en Semana Santa de este año, dejando el mes de mayo sin dinero a los hijos y mujer, teniendo ésta que pedir prestado a familiares, y para el mes de junio ha dejado unos 600 euros.

¿De verdad es justa esta situación? El único abogado al que hemos podido tener acceso dice que no podemos pedir más.

Y...¿las tablas para la estimación de la pensión alimenticia?

Gracias.
03/06/2014 12:30
Hola tasen,
En la situación que indica, me queda la duda de ¿existe convenio o sentencia?
Si no existe, las cantidades pueden modificarse, elevarse algo la pensión de alimentos y en cuanto a la compensatoria, tal vez podría plantearse que fuera indefinida, dada la edad de ella y -entiendo su falta de formación - además de la dificultad de acceder a un trabajo, lo que no será fácil de aceptar por la otra parte.
La situación puede parecer injusta, pero mientras no exista una resolución judicial, realmente no puede exigirse nada legalmente.

Un saludo,
04/06/2014 19:57
como bien te dice la compañera, si aún no hay resolución estás a tiempo de cambiar esos extremos. Si el divorcio es contencioso, entonces tu abogado tiene que mostrar al juez vuestro desacuerdo con lo que ofrece la otra parte.

Con el sueldo que gana, hay que sumar los extras, lo ideal sería hacer una media de todos los ingresos que tiene al año y dividir entre 12 para sacar la media mensual de TODOS sus ingresos. Pero contando sólo con los 3600 que comentas, las pensones deben ser más elevadas, al menos las de los menores.

La compensatoria, yo también pediría que fuera indefinida.

Por otra parte, aunque de momento mientras no haya sentencia no puedes exigir nada, en cuanto recaiga resolución, tu exmarido tendrá que abonarte los alimentos y la compensatoria desde la fecha en que se interpuso la demanda (descontando las cantidades que ya haya abonado), salvo que el juez en sentencia disponga que se deben desde un periodo anterior.

Quedo a tu disposición para lo que necesites,

AR.Abogada, Alicante
http://goo.gl/T6kHgM
05/06/2014 10:53
tasen el que pida loq ue quiera, tu pide también lo que quieras. El se pasa por abajo, tu pasate y mucho por arriba y el juez nivelará.

Pero ya te digo el dice 500€ durante unos años y tu di 1500€ para toda la vida. El 200€ de pesiones tú 600€

Y pide también que se repartan los bienes así ella contará con un patrimonio y no tendrá que alquilar nada
05/06/2014 11:03
Hola lacadeuñas,
En un procedimiento contencioso de divorcio NO puede liquidarse la sociedad de gananciales, solo en un procedimiento de mutuo acuerdo podría hacerse, si no hay que ir a otro procedimiento. Además desconocemos el régimen económico del matrimonio.

Un saludo,
05/06/2014 11:54
Hola, gracias a todos por las respuestas, me habéis ayudado mucho.

Es el convenio que ofrece él, aún no hay nada fijado. El problema está en el abogado que tengo, que me dice que lo que ofrece es justo y que no puedo pedir mucho más. Por lo que veo me interesaría intentar ir a otro no?

Hay separación de bienes, por eso el piso de él.
05/06/2014 12:09
Sin duda ve a otro que luche por lo que tu pides.

Katia, yo he dicho que tenga que ser en ese mismo procedimiento, que sea en el que tenga que ser, solo le digo que solicite también eso.
Ya sabrá el abogado separar cada procedimiento no te parece. Pero si ella no se lo dice al abogado pues este no hará nada, no cree.

tasen, aunque tengais separación de bienes que tu abogado vea bien todo como lo teneis. Han sido muchos años de matrimonio y no cuantos bienes teneis, tendrá que mirar a nombre de quien este cada cosa y todo está nombre de él, el desequilibrio es grande por este motivo tu pensión compensatoria debe ser muy alta e indefinida. Bueno que tu abogado la pida para que después pueds tener derecho a pensión de viudedad.
Ten mucho cuidado como la defina ya que dependiendo de esto tendras luego derecho o no
05/06/2014 14:00
Pues personalmente opino que lo que ofrece el marido no es tan escaso. Una pension compensatoria de mas de 500 euros, en un contencioso no se si la conseguira. La pension de alimentos igual es un poco escasa, pero si los gastos de estudios van a medias, tambien hay que tenerlo en cuenta (en la mayoria de los casos, los gastos escolares suelen ir incluidos en la pension alimenticia)
Lo que no entiendo es por que no quieren utilizar el piso durante 7 años, a fin de cuentas, es un alquiler que se ahorran durante un tiempo... pero bueno, eso ya seran motivos personales, supongo
05/06/2014 19:33
De los gastos de estudios lo que va a medias son las clases de apoyo. Con 200 euros los hijos tendrían que dejar de estudiar. Uno reside donde estudia, y el otro tiene que ir a la universidad a unos 50km aunque viva en casa. Apenas podría darles de comer, y no tendrían para sus gastos como han hecho hasta ahora y demás cosas. ¿Además de poder seguir estudiando, no deberían de poder mantener un mismo nivel de vida, si no parecido, como hasta ahora?

El piso no se quiere por las condiciones con las que lo deja. Además de que a los 7 años nos echa, no permite que se hagan obras (lógico) o se cambie cualquier cosa en la decoración (no tan lógico) sin su autorización por escrito. En el piso hacen falta reformas y arreglos. Hasta ahora habíamos hecho algo con un dinero que consiguió uno de los hijos mayores en una indemnización médica, pero al final todo el dinero se lo acabó gastando el padre en otras cosas, por lo que no se pudo seguir y hay cosas que quedaron a medias. Él no quiere arreglarlo, entonces... tengo que arreglar yo los baños (uno ya no se puede usar), la cocina, donde los muebles están rotos y la vitrocerámica que en nada dejará de funcionar, la lavadora que echa más agua fuera de la que mantiene dentro, el lavavajillas que da calambrazos al tocarlo (ya nos dijeron que hasta puede ser peligroso...), y más cosas... para que en 7 años me eche y luego venda el piso y yo siga sin nada, además de tener que hacerlo con sólo 500 euros al mes.

Yo quiero pedir el dinero que se gastaría él en un alquiler, para alquilar yo.
06/06/2014 08:19
Tasen, lo creas o no, entiendo tu desesperacion. Solo trato de ser realista. Cuidado con abogados que te prometan el oro y el moro... que luego las cosas en la sala, salen de otra manera.
Tristemente, los estudios universitarios no son obligatorios, normalmente todos los padres queremos que nuestros hijos vayan a la universidad, pero de ahi a que se consiga que el juez obligue a sufragar dichos gastos va un trecho. Hay becas para estudiantes sin ingresos, y a partir de los 18 años, ya se puede uno buscar un trabajo para ayudar a pagar los estudios...
Por otro lado, el hecho de que durante el matrimonio la mujer se haya dedicado a la casa y a los hijos si, se tiene en cuenta, pero ya no es como antes... ahora hay jueces que "sugieren" que los hijos no necesitan a las madres durante toda su vida, y que tambien la mujer puede preocuparse por formarse un poco en el mercado laboral... en fin, que ya te digo, tendencias judiciales hay muchas, y en contencioso tal vez puedas conseguir algo mas de lo que te ofrece ahora, pero no creo que mucho mas, y... tambien podrias conseguir menos...
06/06/2014 08:29
Disculpe que discrepe en cuanto a la afirmación que hace de que lo que ofrece el marido no es tan escaso....

1º, la pensión compensatoria es un derecho que tiene el cónyuge que, tras separarse, queda en una situación de desequilibrio economico. Ese desequilibrio hay que valorarlo teniendo en cuenta los ingresos totales del exmarido y los ingresos que va a tener a partir del divorcio ella. Lo que él ingresa mensualmente (al margen de complementos, pagas y horas extra según parece por lo que contó la forera) es una cantidad bastante elevada.

2º, La pensión de alimentos debemos diferenciar la que le corresponde al menor de edad y la de los mayores de edad. La del menor de edad debe incluir en su cuantía los gastos escolares. Los gastos extraordinarios que se pacten como quieran, aunque quizá por la situación en la que queda la madre se pacten un porcentaje distinto al 50-50, por ejemplo un 60-40. Dependerá de lo que considere su señoría. Pero la pensión de los mayores de edad, se rige por otro artículo del Código civil, el cual dispone que la pensión de alimentos debe cubrir la necesidad básica de habitación, alimento, vestido y asistencia médica. También los gastos de educación cuando no haya terminado su formación por causas que no se puedan atribuirsele. Pero en este caso, el obligado al pago de lapensión puede escoger entre pagarla en dinero o ofrecer sustento en su propia vivienda. No obstante, parece que no quiere hacerse cargo de sus hijos de manera personal, por lo que se incluirá esta obligación para cumplirla mediante ingreso de cantidad. Esta pensión puede ser menor que la de los hijos menores de edad, ya que se supone que tienen menos gastos en todo (sobre todo vestido, porque no crecen y no es necesario renovar el armario).

Aún así, considero que las pensiones habría que recalcularlas y ver efectivamente qué correspondería.

Y finalmente, tras el divorcio, deberán realizar la liquidación del patrimonio ganancial.
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Hola a todos, a ver si podéis echarnos una mano...

Después de 29 años de matrimonio (con maltrato psicológico) y tres hijos, uno menor de edad y dos en la universidad, se separan. Desde el principio de la relación deciden que ella se encargaría de la casa y de los hijos, ya que con el trabajo del marido ganaban más que suficiente. Si se le pregunta, el marido no sabe cuántas operaciones tuvo el mayor, en qué curso está el menor o simplemente que puede comer o no su hijo celíaco. Tampoco sabe encender ni la cocina o horno, poner lavadoras o hacer cualquier cosa relacionada con el hogar. El es funcionario y ahora mismo con 3600euros/mes. No sé si las extras se tienen que tener en cuenta.

Ofrece 500 euros de pensión compensatoria. Ella sin estudios, sin haber trabajado nunca y con 52 años. El piso era de los dos, hasta que hace unos años en un momento de tratamiento psiquiátrico y depresión de la mujer consiguió quitárselo.

También daría 200 euros de pensión alimenticia por hijo, siendo uno celíaco. Gastos médicos y relacionados con actividades culturales y clases de apoyo al 50%. Él no quiere quedarse con la custodia ni los hijos quieren quedarse con él. Aún así podría haber informes de la psicóloga de siempre y puede que de un psiquiatra actual diciendo que los hijos no podrían quedar a cargo del padre.

Ofrece el piso a los hijos y a la mujer durante 7 años, momento en que el menor cumpliría 23 años. Ni la mujer ni los hijos quieren el piso, se irían de alquiler a otro lado. Se quedaría él con el piso, con su correspondiente hipoteca de 150 euros/mes de la que sólo quedan unos 9000 euros.

El marido se fue de casa en Semana Santa de este año, dejando el mes de mayo sin dinero a los hijos y mujer, teniendo ésta que pedir prestado a familiares, y para el mes de junio ha dejado unos 600 euros.

¿De verdad es justa esta situación? El único abogado al que hemos podido tener acceso dice que no podemos pedir más.

Y...¿las tablas para la estimación de la pensión alimenticia?

Gracias.
03/06/2014 12:30
Hola tasen,
En la situación que indica, me queda la duda de ¿existe convenio o sentencia?
Si no existe, las cantidades pueden modificarse, elevarse algo la pensión de alimentos y en cuanto a la compensatoria, tal vez podría plantearse que fuera indefinida, dada la edad de ella y -entiendo su falta de formación - además de la dificultad de acceder a un trabajo, lo que no será fácil de aceptar por la otra parte.
La situación puede parecer injusta, pero mientras no exista una resolución judicial, realmente no puede exigirse nada legalmente.

Un saludo,
04/06/2014 19:57
como bien te dice la compañera, si aún no hay resolución estás a tiempo de cambiar esos extremos. Si el divorcio es contencioso, entonces tu abogado tiene que mostrar al juez vuestro desacuerdo con lo que ofrece la otra parte.

Con el sueldo que gana, hay que sumar los extras, lo ideal sería hacer una media de todos los ingresos que tiene al año y dividir entre 12 para sacar la media mensual de TODOS sus ingresos. Pero contando sólo con los 3600 que comentas, las pensones deben ser más elevadas, al menos las de los menores.

La compensatoria, yo también pediría que fuera indefinida.

Por otra parte, aunque de momento mientras no haya sentencia no puedes exigir nada, en cuanto recaiga resolución, tu exmarido tendrá que abonarte los alimentos y la compensatoria desde la fecha en que se interpuso la demanda (descontando las cantidades que ya haya abonado), salvo que el juez en sentencia disponga que se deben desde un periodo anterior.

Quedo a tu disposición para lo que necesites,

AR.Abogada, Alicante
http://goo.gl/T6kHgM
05/06/2014 10:53
tasen el que pida loq ue quiera, tu pide también lo que quieras. El se pasa por abajo, tu pasate y mucho por arriba y el juez nivelará.

Pero ya te digo el dice 500€ durante unos años y tu di 1500€ para toda la vida. El 200€ de pesiones tú 600€

Y pide también que se repartan los bienes así ella contará con un patrimonio y no tendrá que alquilar nada
05/06/2014 11:03
Hola lacadeuñas,
En un procedimiento contencioso de divorcio NO puede liquidarse la sociedad de gananciales, solo en un procedimiento de mutuo acuerdo podría hacerse, si no hay que ir a otro procedimiento. Además desconocemos el régimen económico del matrimonio.

Un saludo,
05/06/2014 11:54
Hola, gracias a todos por las respuestas, me habéis ayudado mucho.

Es el convenio que ofrece él, aún no hay nada fijado. El problema está en el abogado que tengo, que me dice que lo que ofrece es justo y que no puedo pedir mucho más. Por lo que veo me interesaría intentar ir a otro no?

Hay separación de bienes, por eso el piso de él.
05/06/2014 12:09
Sin duda ve a otro que luche por lo que tu pides.

Katia, yo he dicho que tenga que ser en ese mismo procedimiento, que sea en el que tenga que ser, solo le digo que solicite también eso.
Ya sabrá el abogado separar cada procedimiento no te parece. Pero si ella no se lo dice al abogado pues este no hará nada, no cree.

tasen, aunque tengais separación de bienes que tu abogado vea bien todo como lo teneis. Han sido muchos años de matrimonio y no cuantos bienes teneis, tendrá que mirar a nombre de quien este cada cosa y todo está nombre de él, el desequilibrio es grande por este motivo tu pensión compensatoria debe ser muy alta e indefinida. Bueno que tu abogado la pida para que después pueds tener derecho a pensión de viudedad.
Ten mucho cuidado como la defina ya que dependiendo de esto tendras luego derecho o no
05/06/2014 14:00
Pues personalmente opino que lo que ofrece el marido no es tan escaso. Una pension compensatoria de mas de 500 euros, en un contencioso no se si la conseguira. La pension de alimentos igual es un poco escasa, pero si los gastos de estudios van a medias, tambien hay que tenerlo en cuenta (en la mayoria de los casos, los gastos escolares suelen ir incluidos en la pension alimenticia)
Lo que no entiendo es por que no quieren utilizar el piso durante 7 años, a fin de cuentas, es un alquiler que se ahorran durante un tiempo... pero bueno, eso ya seran motivos personales, supongo
05/06/2014 19:33
De los gastos de estudios lo que va a medias son las clases de apoyo. Con 200 euros los hijos tendrían que dejar de estudiar. Uno reside donde estudia, y el otro tiene que ir a la universidad a unos 50km aunque viva en casa. Apenas podría darles de comer, y no tendrían para sus gastos como han hecho hasta ahora y demás cosas. ¿Además de poder seguir estudiando, no deberían de poder mantener un mismo nivel de vida, si no parecido, como hasta ahora?

El piso no se quiere por las condiciones con las que lo deja. Además de que a los 7 años nos echa, no permite que se hagan obras (lógico) o se cambie cualquier cosa en la decoración (no tan lógico) sin su autorización por escrito. En el piso hacen falta reformas y arreglos. Hasta ahora habíamos hecho algo con un dinero que consiguió uno de los hijos mayores en una indemnización médica, pero al final todo el dinero se lo acabó gastando el padre en otras cosas, por lo que no se pudo seguir y hay cosas que quedaron a medias. Él no quiere arreglarlo, entonces... tengo que arreglar yo los baños (uno ya no se puede usar), la cocina, donde los muebles están rotos y la vitrocerámica que en nada dejará de funcionar, la lavadora que echa más agua fuera de la que mantiene dentro, el lavavajillas que da calambrazos al tocarlo (ya nos dijeron que hasta puede ser peligroso...), y más cosas... para que en 7 años me eche y luego venda el piso y yo siga sin nada, además de tener que hacerlo con sólo 500 euros al mes.

Yo quiero pedir el dinero que se gastaría él en un alquiler, para alquilar yo.
06/06/2014 08:19
Tasen, lo creas o no, entiendo tu desesperacion. Solo trato de ser realista. Cuidado con abogados que te prometan el oro y el moro... que luego las cosas en la sala, salen de otra manera.
Tristemente, los estudios universitarios no son obligatorios, normalmente todos los padres queremos que nuestros hijos vayan a la universidad, pero de ahi a que se consiga que el juez obligue a sufragar dichos gastos va un trecho. Hay becas para estudiantes sin ingresos, y a partir de los 18 años, ya se puede uno buscar un trabajo para ayudar a pagar los estudios...
Por otro lado, el hecho de que durante el matrimonio la mujer se haya dedicado a la casa y a los hijos si, se tiene en cuenta, pero ya no es como antes... ahora hay jueces que "sugieren" que los hijos no necesitan a las madres durante toda su vida, y que tambien la mujer puede preocuparse por formarse un poco en el mercado laboral... en fin, que ya te digo, tendencias judiciales hay muchas, y en contencioso tal vez puedas conseguir algo mas de lo que te ofrece ahora, pero no creo que mucho mas, y... tambien podrias conseguir menos...
06/06/2014 08:29
Disculpe que discrepe en cuanto a la afirmación que hace de que lo que ofrece el marido no es tan escaso....

1º, la pensión compensatoria es un derecho que tiene el cónyuge que, tras separarse, queda en una situación de desequilibrio economico. Ese desequilibrio hay que valorarlo teniendo en cuenta los ingresos totales del exmarido y los ingresos que va a tener a partir del divorcio ella. Lo que él ingresa mensualmente (al margen de complementos, pagas y horas extra según parece por lo que contó la forera) es una cantidad bastante elevada.

2º, La pensión de alimentos debemos diferenciar la que le corresponde al menor de edad y la de los mayores de edad. La del menor de edad debe incluir en su cuantía los gastos escolares. Los gastos extraordinarios que se pacten como quieran, aunque quizá por la situación en la que queda la madre se pacten un porcentaje distinto al 50-50, por ejemplo un 60-40. Dependerá de lo que considere su señoría. Pero la pensión de los mayores de edad, se rige por otro artículo del Código civil, el cual dispone que la pensión de alimentos debe cubrir la necesidad básica de habitación, alimento, vestido y asistencia médica. También los gastos de educación cuando no haya terminado su formación por causas que no se puedan atribuirsele. Pero en este caso, el obligado al pago de lapensión puede escoger entre pagarla en dinero o ofrecer sustento en su propia vivienda. No obstante, parece que no quiere hacerse cargo de sus hijos de manera personal, por lo que se incluirá esta obligación para cumplirla mediante ingreso de cantidad. Esta pensión puede ser menor que la de los hijos menores de edad, ya que se supone que tienen menos gastos en todo (sobre todo vestido, porque no crecen y no es necesario renovar el armario).

Aún así, considero que las pensiones habría que recalcularlas y ver efectivamente qué correspondería.

Y finalmente, tras el divorcio, deberán realizar la liquidación del patrimonio ganancial.