Tuve mi primer juicio con el cual el fiscal pidió custodia para mi con visitas amplias igual que pido yo y el padre pedía compartida semanas alternas y dos tardes por semana cuando me toca a mi la custodia, y el juez decidió lo que pidió el padre con mas derechos que yo y cuando le toca a el padre yo no tengo derecho a esos dos días alternos, mi abogada quiere hacer un trato y yo no estoy conforme con ese trato el trato es venderle a el mi parte de la casa y quedar con custodia compartida de como es ahora con todo que puso el juez ,porque dice que no puede cambiar el juez y no podemos ganar en el segundo juicio que va a salir igual que ahora encima mi dice que el juez mi va a obliga a convivir con mi ex pareja en nuestra vivienda de dos plantas uno en cada planta sin poder ir a otro sitio ni venderla dice mi abogada que voy a tener a vive así hasta mi niño es mayor de edad . mi abogada no quiere luchar y quiere hacer un trato porque dice que el juez quiere tomar esa decisión para dar un ejemplo de derechos al padre como a la madre, yo no estoy de acuerdo que no puedo hace nada y tampoco estoy acuerdo en lo que dice mi abogada en que voy a tener que vivir en la misma vivienda que mi ex si pierdo . me puede aconsejar si puedo solicitar un cambio de juez y puedo ir con otro abogado
El juez no puede cambiarlo, ya que la ley determina el juez de instancia con arreglo a determinadas normas que son imperativas, es decir, de obligado cumplimiento. Además, los procedimientos de modificación de medidas también se sustancian ante el mismo juez.
De abogada sí puede cambiar. Me parece terrible que en el juicio no haya solicitado los mismos derechos de visita que tiene el padre cuando el menos no esté bajo su custodia.
Gracias por tu contestación
Si no puedo cambiar el juez, puedo meterlo en la fiscalía general de estado o interponer recurso de amparo ante tribunal constitucional contra las negligencias probatorias de ese juez?
Muchas gracias saludos.
Efectivamente, se puede recurrir la sentencia, si aún está en plazo para hacerlo. Lleva sus trámites, no es posible acudir directamente al Tribunal Constitucional, sino que primero hay que pasar por Audiencia Provincial y Tribunal Supremo.
Mitch, la cosa es sencilla. Si no está conforme con el acuerdo, pues no lo firma. Si no está conforme con lo que le aconseja su Letrada y ésta no escucha lo que Vd. quiere y no quiere, cambie de Letrada. El juez sólo puede ser modificado mediante incidente de recusación, bien porque exista previamente, bien porque durante el procedimiento, se de alguna causa que motive la recusación (una demanda o querella criminal contra el Juez), pero no creo que sea su caso. La forma de combatir la opinión de un juez en cuanto al fondo del asunto, es el recurso de apelación y con suerte, quizás incluso pueda acceder al Supremo (el acceso está muy limitado e inadmiten un 90% de los recursos que se presentan) y si ya es el Constitucional, además de un Letrado que esté acostumbrado a la técnica de los recursos de amparo, tendrá que comprar como 1.000 velas para ponerlas al santo porque inadmiten la gran mayoría de los recursos que se presentan (salvo que sean de políticos o de gente de mal vivir, que entonces si los admiten).
En cuanto a lo de pedir visitas más amplias... Si Vd era la demandante y pidió en su suplico lo que pidió, Vd. no puede luego modificar el suplico, sólo oponerse a lo que pida la otra parte si no está conforme y luego, el Juez decide.
Intente serenarse para sopesar el tema con mayor perspectiva y luego, decida lo que más le convenga. Un saludo.