en derecho de familia no suele haber condena en costas, por ser tema de derecho público. Si estás de acuerdo con lo que solicita, puedes firmar un cinvenio de mutuo acuerdo, y en éste ya decidiréis la forma de pagar al abogado.No te puede obligar a pagar
Disiento, mallorca. Las audiencias provinciales si están imponiendo las costas en recursos de apelación en temas de familia. Si váis de mutuo acuerdo y crees que el abogado va a ser objetivo, podéis llevar el mismo y repartir los gastos, si no tienes esa garantía, puedes ir de mutuo acuerdo y cada uno, llevar su abogado, y si es contencioso, cada uno lleva el suyo. Como dice mallorca en primera instancia no suele haber condena en costas, pero cuidado con las apelaciones porque a veces las imponen y acaba pagando los gastos de ambos abogados y procuradores. No puede obligarle a correr con los gastos de su abogado si no hay condena en costas.