Disiento, mallorca. Las audiencias provinciales si están imponiendo las costas en recursos de apelación en temas de familia. Si váis de mutuo acuerdo y crees que el abogado va a ser objetivo, podéis llevar el mismo y repartir los gastos, si no tienes esa garantía, puedes ir de mutuo acuerdo y cada uno, llevar su abogado, y si es contencioso, cada uno lleva el suyo. Como dice mallorca en primera instancia no suele haber condena en costas, pero cuidado con las apelaciones porque a veces las imponen y acaba pagando los gastos de ambos abogados y procuradores. No puede obligarle a correr con los gastos de su abogado si no hay condena en costas.
en derecho de familia no suele haber condena en costas, por ser tema de derecho público. Si estás de acuerdo con lo que solicita, puedes firmar un cinvenio de mutuo acuerdo, y en éste ya decidiréis la forma de pagar al abogado.No te puede obligar a pagar