Hola. Luego del divorcio de español o ciudadano de la Unión, dispones de 6 meses para solicitar la modificación a régimen general. Si eres autónomo y tienes como acreditarlo, están suficientemente probados los medios económicos. Ve a la Subdelegación del Gobierno en tu provincia y solicita la modificación, si estás en Cataluña, esto es ahora competencia de la Generalitat de Cataluña, te debes dirigir a ella.
Hola, Estuve casado con una chica espanola por ano y medio. Han pasado 4 meses desde que salio la sentecia de divorcio. Un abogado me dijo que como tenia ese tiempo de casado solo me correspondian 3 meses de prorroga para cambiar mi tarjeta. Es esto cierto? Actualmente soy autonomo. De ser asi, la unica opcion que tengo es hacerlo por arraigo? Saludos y gracias