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doble venta

1 Comentarios
 
Doble venta
05/11/2003 11:18
si me venden un terreno donde se va construir un hotel, pero con la obligación de poner a disposición del comprador el solar en un tiempo màximo de dos meses y durante estos dos meses la persona q me vendió el terreno lo vuelve a vender y este último comprador lo inscribe en el Registro de la propiedad, q derechos tengo yo??
Muchísimas gracias!!!
05/11/2003 19:34
Segun el Artículo 1473 del CCivil:
Si una misma cosa se hubiese vendido a diferentes compradores, la propiedad se transferirá a la persona que primero haya tomado posesión de ella con buena fe, si fuere mueble.
Si fuere inmueble, la propiedad pertenecerá al adquirente que antes la haya inscrito en el Registro. Cuando no haya inscripción, pertenecerá la propiedad a quien de buena fe sea primero en la posesión; y, faltando ésta, a quien presente título de fecha más antigua, siempre que haya buena fe.

Ahora bien, entre en juego el art.251.2 del C.Penal:
Será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años:

2.º El que dispusiere de una cosa mueble o inmueble ocultando la existencia de cualquier carga sobre la misma, o el que, habiéndola enajenado como libre, la gravare o enajenare nuevamente antes de la definitiva transmisión al adquirente, en perjuicio de éste, o de un tercero.

De este modo puede denunciar al vendedor por un delito de estafa(art.251.2 del C.Penal), y exigir la consiguiente responsabilidad civil derivada del mismo.
Al margen de lo dicho, si prueba que existió connivencia (mala fe) entre vendedor y 2º adquiriente para proceder a la transmisión del solar, podrá tb. denunciar a éste último como autor de dicho delito de estafa del art. 251.2 CP.

1 saludo
manvimo@terra.es
abogado
doble venta | PorticoLegal
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05/11/2003 11:18
si me venden un terreno donde se va construir un hotel, pero con la obligación de poner a disposición del comprador el solar en un tiempo màximo de dos meses y durante estos dos meses la persona q me vendió el terreno lo vuelve a vender y este último comprador lo inscribe en el Registro de la propiedad, q derechos tengo yo??
Muchísimas gracias!!!
05/11/2003 19:34
Segun el Artículo 1473 del CCivil:
Si una misma cosa se hubiese vendido a diferentes compradores, la propiedad se transferirá a la persona que primero haya tomado posesión de ella con buena fe, si fuere mueble.
Si fuere inmueble, la propiedad pertenecerá al adquirente que antes la haya inscrito en el Registro. Cuando no haya inscripción, pertenecerá la propiedad a quien de buena fe sea primero en la posesión; y, faltando ésta, a quien presente título de fecha más antigua, siempre que haya buena fe.

Ahora bien, entre en juego el art.251.2 del C.Penal:
Será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años:

2.º El que dispusiere de una cosa mueble o inmueble ocultando la existencia de cualquier carga sobre la misma, o el que, habiéndola enajenado como libre, la gravare o enajenare nuevamente antes de la definitiva transmisión al adquirente, en perjuicio de éste, o de un tercero.

De este modo puede denunciar al vendedor por un delito de estafa(art.251.2 del C.Penal), y exigir la consiguiente responsabilidad civil derivada del mismo.
Al margen de lo dicho, si prueba que existió connivencia (mala fe) entre vendedor y 2º adquiriente para proceder a la transmisión del solar, podrá tb. denunciar a éste último como autor de dicho delito de estafa del art. 251.2 CP.

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