Hola! Quiero exponeros mi caso por si podeis ayudarme, mi domicilio conyugal, es un bien privativo mio comprado con anterioridad al matrimonio, mi marido no contribuye al pago de ningun gasto del mismo, ni hipoteca ni gastos comunes , y en el que no esta empadronado
EL dispone de un piso a nombre de sus padres que era su domicilio antes del matrimonio del que se hace cargo de los recibos ..un credito personal sobre esa casa
En caso de divorcio, podria reclamar parte del piso.. en nuestro caso no tenemos hijos.. hay alguna formula de manera privada de dejar claroe este tema
A ver, si como tu dices es un bien privativo anterior a la consstitucion de la sociedad de gananciales (bueno, supongo que estais casados en gananciales) que esta integramente pagado... ¿que te va a reclamar en caso de divorcio? El piso es tuyo, no forma parte de esa sociedad de gananciales por tanto no hay que repartirlo.... y esto, ademas, con independencia de que el tenga otra vivienda o no