Buenas tardes ,
Una vez hecha la declaracion de herederos , ¿ se puede legalmente donar el 50 % de lo que te corresponde a una ONG ó similar ? ¿ ó es necesario hacer previamente la Partición de Herencia ? , el caso que nos ocupa , es que una de las partes no quiere partir la herencia bajo ningun concepto y la particion judicial que es lo que procede en estos casos sale cara .
Primero que hay que hacer es adjudicar la herencia para que sea de usted propietario y donar..
Un consejo si tienes derecho a justicia gratuita pues podrían ponerle abogado y procurador para el asunto que bien dices..si no tiene medios para pagar.,,
si después de la partición resultare que tiene medios ya que su patrimonio aumentaría deberá ser frente a sus costes..
pero ojo!! y es aquí que le pueda interesar.Si hay oposición de algunas de las partes, al final el que pierda sera condenada a costas y deberá hacer frente a todos los gastos.