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¿donación legal?

9 Comentarios
 
¿donación legal?
12/10/2011 12:13
Mis abuelos son dos personas mayores que en común tenían solo una hija ya fallecida, de la cual ha dejado dos nietos, mi hermano y yo.
Mi abuela está incapacitada, y mi abuelo, tiene una hija recién aparecida, extramatrimonial, de la cual no teníamos ni idea que existía hasta hace tres años momento en el cual yo me hice cargo de la abuela, y esta señora del abuelo relativamente. Recientemente me he enterado no por ella que el abuelo le ha donado el piso en el que vive a ella sola.
Decir que el abuelo tiene 89 años, y con un cierto grado de demencia, pero la donación del piso está firmada ante notario. De todo esto nos hemos enterado mi hermano y yo un añó después de esa donación.
Se puede impugnar. Podemos hacer algo para reclamar nula esa donación. Esta donación supone que todo lo que tiene mi abuelo es suyo. Asi que ahora lo que había escrito en el testamento en el cual declaraba herederos a mi madre y en su falta a nosotros, ha quedado nulo, puesto que ya no hay nada. Esto se puede hacer. Gracias.
12/10/2011 13:56
Pues depende de si la vivienda es ganancial, de los dos, ó solo de tu abuelo.
En caso de ser ganancial, la mitad de tu abuela, tu abuelo no puede donarla. En caso de ser privativo exclusivo de tu abuelo, la donación si sería valida, aunque el dia en que falte tu abuelo, dependiendo de lo que conste en el testamento, que tenga hecho a esa fecha (ha podido modificarlo) os tendrán que abonar lo que os corresponda.
En cualquier caso, tu abuelo debe sostener a su esposa (enterate a través de los asuntos sociales) aunque tu seas su tutora.
¿Habeis comprobado en el Registro de la Propiedad que la vivienda consta a nombre de vuestra tia?. A veces se dicen cosas que no son exactamente así.
12/10/2011 14:36
Si afecta a sus derechos legítimos a la herencia, puede declararla inoficiosa y no implica que el testamento sea nulo salvo que exista uno posterior (no sabrán hasta que fallezca) donde exista una causa de desheredación injusta. Deben acudir a un abogado lo antes posible para evaluar la acción a ejercitar y la base legal de la misma. Habrá que ver también si el piso es ganancial, si donó la totalidad del mismo, si existe maquinación fraudulenta, etc.
Le merece la pena pagar la consulta a un abogado.
Un saludo.
12/10/2011 20:12
La vivienda si que es privativa del abuelo, puesto que tienen régimen de separación de bienes, pero mi pregunta es ¿ él puede donarla entera y quedarse con el usufructo privativo? ¿ eso significa que nos ha desheredado a mi hermano y a mi? Hay que hacer algo ahora o esperar el momento del fallecimiento para poder hacer algo. Como puedo demostrar que se la ha donado de forma fraudulenta.
12/10/2011 21:31
De qué parte de España hablamos???
13/10/2011 08:27
de madrid
14/10/2011 12:57
La donacion no es fraudulenta. Cada uno dispone de lo que tiene como mejor entienda.

Ahora si, si en el momento de su fallecimiento (no antes) resulta que el valor de lo donado se ha "comido" vuestra legitima, podriais reclamar el valor de esta legitima, en dinero o en especie (parte de la casa), pero no hasta entonces.

Los bienes de la abuela si que os corresponden a vosotros unicamente. Ahi la hija de tu abuelo no tiene nada que reclamar.
19/05/2012 11:30

Con respecto a esta consulta y a fecha de hoy mi abuelo ya ha fallecido, dejando en la unica cartilla que tiene la cantidad de nueve euros.
Lo que significa que no hay nada que heredar puesto que la vivienda la donó en vida, y no hay nada que cubra la legítima.¿Podemos denunciar ahora esa donación? ¿TEnemos posibilidades de ganar el proceso o va a ser más costoso en tiempo y dinero q lo que nos corresponde? ¿Que parte es la legítima? Esta hija ilegítima me imagino que en el testamento será declarada legítima pero no tiene el cambio de apellidos. ¿Ella también tiene derecho a la legítima o se da ya por cobrada esa legítima con la donación en vida? ¿Mi abuela que está viva y tiene una incapacidad judicial siendo yo su tutora también tiene algún derecho a pesar de la separación de bienes? Son muchas las dudas. Muchas gracias de antemano.
23/05/2012 18:16
Hola gemasan,

Como le indicaron anteriormente, debería consultar con un abogado, si el testamento no respeta las legítimas, la donación podría ser inoficiosa.

Entiendo que su abuelo tenía dos hijas, su madre y la que aparece después, si en el testamento no consta causa de desheredación hacia usted y su hermano, deberían tener su legítima, que minimamente debe ser la mitad de un tercio de toda la herencia, que corresponde al tercio de legítima estricta, ya que la otra mitad de este tercio, el tercio de mejora y el de libre disposición, puede dejárselo a la hija nueva aparecida.

Un saludo,
24/05/2012 00:20
Muchisimas gracias por su respuesta. Ahora mi pregunta es ¿que probabilidades tendríamos de ganar una demanda y declararar la donación de la vivienda inoficiosa? ¿cree que merece la pena o cabe la posibilidad de perder dicho pleito? A pesar que ya está en manos de abogados me gustaría conocer otra opinión. Gracias por dedicarme un ratito. Por cierto efectivamente en el testamento nos corresponde la legítima estricta, pero la legítima de nada entiendo que es nada.La nueva hija y recién aparecida es la heredera universal.
Atentamente.
¿donación legal? | PorticoLegal
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12/10/2011 12:13
Mis abuelos son dos personas mayores que en común tenían solo una hija ya fallecida, de la cual ha dejado dos nietos, mi hermano y yo.
Mi abuela está incapacitada, y mi abuelo, tiene una hija recién aparecida, extramatrimonial, de la cual no teníamos ni idea que existía hasta hace tres años momento en el cual yo me hice cargo de la abuela, y esta señora del abuelo relativamente. Recientemente me he enterado no por ella que el abuelo le ha donado el piso en el que vive a ella sola.
Decir que el abuelo tiene 89 años, y con un cierto grado de demencia, pero la donación del piso está firmada ante notario. De todo esto nos hemos enterado mi hermano y yo un añó después de esa donación.
Se puede impugnar. Podemos hacer algo para reclamar nula esa donación. Esta donación supone que todo lo que tiene mi abuelo es suyo. Asi que ahora lo que había escrito en el testamento en el cual declaraba herederos a mi madre y en su falta a nosotros, ha quedado nulo, puesto que ya no hay nada. Esto se puede hacer. Gracias.
12/10/2011 13:56
Pues depende de si la vivienda es ganancial, de los dos, ó solo de tu abuelo.
En caso de ser ganancial, la mitad de tu abuela, tu abuelo no puede donarla. En caso de ser privativo exclusivo de tu abuelo, la donación si sería valida, aunque el dia en que falte tu abuelo, dependiendo de lo que conste en el testamento, que tenga hecho a esa fecha (ha podido modificarlo) os tendrán que abonar lo que os corresponda.
En cualquier caso, tu abuelo debe sostener a su esposa (enterate a través de los asuntos sociales) aunque tu seas su tutora.
¿Habeis comprobado en el Registro de la Propiedad que la vivienda consta a nombre de vuestra tia?. A veces se dicen cosas que no son exactamente así.
12/10/2011 14:36
Si afecta a sus derechos legítimos a la herencia, puede declararla inoficiosa y no implica que el testamento sea nulo salvo que exista uno posterior (no sabrán hasta que fallezca) donde exista una causa de desheredación injusta. Deben acudir a un abogado lo antes posible para evaluar la acción a ejercitar y la base legal de la misma. Habrá que ver también si el piso es ganancial, si donó la totalidad del mismo, si existe maquinación fraudulenta, etc.
Le merece la pena pagar la consulta a un abogado.
Un saludo.
12/10/2011 20:12
La vivienda si que es privativa del abuelo, puesto que tienen régimen de separación de bienes, pero mi pregunta es ¿ él puede donarla entera y quedarse con el usufructo privativo? ¿ eso significa que nos ha desheredado a mi hermano y a mi? Hay que hacer algo ahora o esperar el momento del fallecimiento para poder hacer algo. Como puedo demostrar que se la ha donado de forma fraudulenta.
12/10/2011 21:31
De qué parte de España hablamos???
13/10/2011 08:27
de madrid
14/10/2011 12:57
La donacion no es fraudulenta. Cada uno dispone de lo que tiene como mejor entienda.

Ahora si, si en el momento de su fallecimiento (no antes) resulta que el valor de lo donado se ha "comido" vuestra legitima, podriais reclamar el valor de esta legitima, en dinero o en especie (parte de la casa), pero no hasta entonces.

Los bienes de la abuela si que os corresponden a vosotros unicamente. Ahi la hija de tu abuelo no tiene nada que reclamar.
19/05/2012 11:30

Con respecto a esta consulta y a fecha de hoy mi abuelo ya ha fallecido, dejando en la unica cartilla que tiene la cantidad de nueve euros.
Lo que significa que no hay nada que heredar puesto que la vivienda la donó en vida, y no hay nada que cubra la legítima.¿Podemos denunciar ahora esa donación? ¿TEnemos posibilidades de ganar el proceso o va a ser más costoso en tiempo y dinero q lo que nos corresponde? ¿Que parte es la legítima? Esta hija ilegítima me imagino que en el testamento será declarada legítima pero no tiene el cambio de apellidos. ¿Ella también tiene derecho a la legítima o se da ya por cobrada esa legítima con la donación en vida? ¿Mi abuela que está viva y tiene una incapacidad judicial siendo yo su tutora también tiene algún derecho a pesar de la separación de bienes? Son muchas las dudas. Muchas gracias de antemano.
23/05/2012 18:16
Hola gemasan,

Como le indicaron anteriormente, debería consultar con un abogado, si el testamento no respeta las legítimas, la donación podría ser inoficiosa.

Entiendo que su abuelo tenía dos hijas, su madre y la que aparece después, si en el testamento no consta causa de desheredación hacia usted y su hermano, deberían tener su legítima, que minimamente debe ser la mitad de un tercio de toda la herencia, que corresponde al tercio de legítima estricta, ya que la otra mitad de este tercio, el tercio de mejora y el de libre disposición, puede dejárselo a la hija nueva aparecida.

Un saludo,
24/05/2012 00:20
Muchisimas gracias por su respuesta. Ahora mi pregunta es ¿que probabilidades tendríamos de ganar una demanda y declararar la donación de la vivienda inoficiosa? ¿cree que merece la pena o cabe la posibilidad de perder dicho pleito? A pesar que ya está en manos de abogados me gustaría conocer otra opinión. Gracias por dedicarme un ratito. Por cierto efectivamente en el testamento nos corresponde la legítima estricta, pero la legítima de nada entiendo que es nada.La nueva hija y recién aparecida es la heredera universal.
Atentamente.