uuuuffffff, dificil revocar una donación. Ahora bien, las donaciones se computan a la legítima del que las recibe, es decir, que si la donación supera en valor (a la fecha del fallecimiento) al valor de la legítima de los herederos, su exceso ha de distribuirse entre los mismos con el fin de igualar a todos ellos en la legítima estricta (1/3 parte). Un saludo.