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Donaciones inoficiosas

2 Comentarios
 
06/11/2006 11:57
Gracias andresba,
imagino que lo que no prescribe es la acción para pedir la reducción de la donación a efectos de legítima pero, la donación en sí, lo que es el negocio inter vivos, ¿tampoco precribe?; lo importante es asegurarse de que no le quiten la vivienda.
El problema es que no puedo preparar una compraventa porque la hija no tiene ingresos y claro....
31/10/2006 15:16
no precribe
Donaciones inoficiosas
31/10/2006 13:12
Hola, ¿podeis ayudarme? Os explico: la madre, ahora viuda, quiere hacer donación de la vivienda a una de las hijas (convive con ella y sufre un poco de retraso aunque no reconocido oficialmente). Las otras dos hijas tienen su propia vida y están situadas. La Sra. sólo quiere que esta hija tenga un techo el día que ella falte y que no tenga que pagar nada al resto de hermanos (le es difícil encontrar trabajo debido a su estado)
La cuestión es: la madre no tiene ningún otro bien por lo que el día que fallezca no habría nada que repartir. Por tanto, aunque en la escritura conste que no es un bien colacionable, ¿cuánto tiempo debe transcurrir para que los hermanos no puedan impugnar esta donación a efectos de reclamar legítima? ¿podrán en cualquier momento impugnar la donación y/o pedir la reducción a efectos de su legítima?.
Nos situamos en Cataluña, he mirado jurisprudencia, el Código de Sucesiones de Cataluña y el Código Civil pero no veo clara la solución.
Gracias de antemano.
PD.Para los que estais en varios foros, perdonar el error, había insertado esta consulta en laboral.
Donaciones inoficiosas | PorticoLegal
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2 Comentarios
 
06/11/2006 11:57
Gracias andresba,
imagino que lo que no prescribe es la acción para pedir la reducción de la donación a efectos de legítima pero, la donación en sí, lo que es el negocio inter vivos, ¿tampoco precribe?; lo importante es asegurarse de que no le quiten la vivienda.
El problema es que no puedo preparar una compraventa porque la hija no tiene ingresos y claro....
31/10/2006 15:16
no precribe
Donaciones inoficiosas
31/10/2006 13:12
Hola, ¿podeis ayudarme? Os explico: la madre, ahora viuda, quiere hacer donación de la vivienda a una de las hijas (convive con ella y sufre un poco de retraso aunque no reconocido oficialmente). Las otras dos hijas tienen su propia vida y están situadas. La Sra. sólo quiere que esta hija tenga un techo el día que ella falte y que no tenga que pagar nada al resto de hermanos (le es difícil encontrar trabajo debido a su estado)
La cuestión es: la madre no tiene ningún otro bien por lo que el día que fallezca no habría nada que repartir. Por tanto, aunque en la escritura conste que no es un bien colacionable, ¿cuánto tiempo debe transcurrir para que los hermanos no puedan impugnar esta donación a efectos de reclamar legítima? ¿podrán en cualquier momento impugnar la donación y/o pedir la reducción a efectos de su legítima?.
Nos situamos en Cataluña, he mirado jurisprudencia, el Código de Sucesiones de Cataluña y el Código Civil pero no veo clara la solución.
Gracias de antemano.
PD.Para los que estais en varios foros, perdonar el error, había insertado esta consulta en laboral.