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Donde tramitar denuncia por incumplimiento sentencia

10 Comentarios
 
Donde tramitar denuncia por incumplimiento sentencia
18/06/2007 20:25
A los profesionales del foro, necesitaría que por favor me aclarasen la siguiente duda.
En una sentencia por demanda de divorcio, cuando se incumple el régimen de visitas, ¿donde se tramitan las denuncias?, al Juzgado que dictó la sentencia, ó tiene que ser en otro Juzgado. ¿ y la ejecución de sentencia?. Gracias
18/06/2007 20:40
Pues la diriges al Juzgado que dictó la sentencia. Saludos.
18/06/2007 20:45
Gracias por la respuesta Maica, mi duda es porque la abogada de mi hermano le ha comentado que debe de realizarse en el Juzgado de lo Penal porque es un delito, y no al que dictó la sentencia, y nos ha sonado un poco raro.
18/06/2007 20:49
La ejecución de la sentencia civil se pide ante el mismo juzgado que dictó la sentencia que se quiera ejecutar.

Que luego ustedes quieran poner una denuncia ... Eso aparte. Saludos.
18/06/2007 20:53
gracias Maica.
18/06/2007 21:57
Quizá debieras instar en la ejecución de la sentencia civil que se requiera para que cumpla, apercibiéndole de desobediencia del artículo 556 del Código Penal para el caso de incumplimiento del régimen de visitas.

También existe la falta de desobediencia leve prevista en el artículo 618-2 del Código Penal para los casos de incumplimiento del régimen de visitas que no constituya delito.

Yo en cualquier caso lo instaría en la ejecución civil y al propio tiempo lo denunciaría a fin de que, con un poco de suerte, se incoen diligencias previas y se tome declaración como imputado al incumplidor a fin y efecto de meterle un poco de miedo en el cuerpo o, en todo caso, para que se le cite a juicio de faltas con el mismo fin intimidatorio.

Atentamente.
18/06/2007 23:44
Gracias Cuerfas, realmente la duda era esa, no teniamos claros si era necesario previamente la presentación de denuncia, para posteriormente interponer demanda de ejecución de sentencia. Ahora me queda claro que son dos procedimientos distintos y que se pueden tramitar independientemente el uno del otro.
12/01/2010 13:12
Soy un padre divorciado con la custodia de mi hijo
de 14 años .T,ras barias denuncias por el incumplimiento del pago de la manutencion(no apagado ni un mes en tres años).El fiscal dice que como no trabaja y no posee bienes,pues no paga.
Que puedo hacer.
12/01/2010 19:40
juancasti, es que el incumplimiento del pago de la pensión de alimentos SOLO es delito, cuando pudiendo abonarse, VOLUNTARIAMENTE no se abona, pero si no trabaja y no tiene medios, pues de donde no hay no se puede sacar.

Saludos
12/01/2010 19:46
y para el caso de un padre que demuestra que sus ingresos han mermado por ser autonomo y ademas tiene que recibir ayuda familiar para pagar la hipoteca y para mas inri, sigue pagando la de alimentos, que solución hay?

Yo he metido una rebaja de la pension de alimentos que no puedo pagar y me dicen que es raro que prospere, porque hay muchas y esa parte es intocable
12/01/2010 21:37
Bueno eso es loque dice ella,hace tres meses se saco el carnet de conducir,si ella no puede pagar¿quien paga,la Generalitat
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18/06/2007 20:25
A los profesionales del foro, necesitaría que por favor me aclarasen la siguiente duda.
En una sentencia por demanda de divorcio, cuando se incumple el régimen de visitas, ¿donde se tramitan las denuncias?, al Juzgado que dictó la sentencia, ó tiene que ser en otro Juzgado. ¿ y la ejecución de sentencia?. Gracias
18/06/2007 20:40
Pues la diriges al Juzgado que dictó la sentencia. Saludos.
18/06/2007 20:45
Gracias por la respuesta Maica, mi duda es porque la abogada de mi hermano le ha comentado que debe de realizarse en el Juzgado de lo Penal porque es un delito, y no al que dictó la sentencia, y nos ha sonado un poco raro.
18/06/2007 20:49
La ejecución de la sentencia civil se pide ante el mismo juzgado que dictó la sentencia que se quiera ejecutar.

Que luego ustedes quieran poner una denuncia ... Eso aparte. Saludos.
18/06/2007 20:53
gracias Maica.
18/06/2007 21:57
Quizá debieras instar en la ejecución de la sentencia civil que se requiera para que cumpla, apercibiéndole de desobediencia del artículo 556 del Código Penal para el caso de incumplimiento del régimen de visitas.

También existe la falta de desobediencia leve prevista en el artículo 618-2 del Código Penal para los casos de incumplimiento del régimen de visitas que no constituya delito.

Yo en cualquier caso lo instaría en la ejecución civil y al propio tiempo lo denunciaría a fin de que, con un poco de suerte, se incoen diligencias previas y se tome declaración como imputado al incumplidor a fin y efecto de meterle un poco de miedo en el cuerpo o, en todo caso, para que se le cite a juicio de faltas con el mismo fin intimidatorio.

Atentamente.
18/06/2007 23:44
Gracias Cuerfas, realmente la duda era esa, no teniamos claros si era necesario previamente la presentación de denuncia, para posteriormente interponer demanda de ejecución de sentencia. Ahora me queda claro que son dos procedimientos distintos y que se pueden tramitar independientemente el uno del otro.
12/01/2010 13:12
Soy un padre divorciado con la custodia de mi hijo
de 14 años .T,ras barias denuncias por el incumplimiento del pago de la manutencion(no apagado ni un mes en tres años).El fiscal dice que como no trabaja y no posee bienes,pues no paga.
Que puedo hacer.
12/01/2010 19:40
juancasti, es que el incumplimiento del pago de la pensión de alimentos SOLO es delito, cuando pudiendo abonarse, VOLUNTARIAMENTE no se abona, pero si no trabaja y no tiene medios, pues de donde no hay no se puede sacar.

Saludos
12/01/2010 19:46
y para el caso de un padre que demuestra que sus ingresos han mermado por ser autonomo y ademas tiene que recibir ayuda familiar para pagar la hipoteca y para mas inri, sigue pagando la de alimentos, que solución hay?

Yo he metido una rebaja de la pension de alimentos que no puedo pagar y me dicen que es raro que prospere, porque hay muchas y esa parte es intocable
12/01/2010 21:37
Bueno eso es loque dice ella,hace tres meses se saco el carnet de conducir,si ella no puede pagar¿quien paga,la Generalitat