Presenté demanda a mi casero por no devolverme la fianza (400€). Yo soy de Almeria y el de Jaén, así que el juzgado de Jaen me contestó admitiendo dicha demanda. El casero se ha opuesto al pago y me piden ahora que me pronuncie sobre la pertinencia de celebración de vista. Voy a contestar que no lo considero pertinente pues ya entregué todas las pruebas documentales. Ahora me surgen dos dudas: 1) En caso de que el casero quiera celebrar vista, puedo paralizar el proceso, ya que no me sale rentable trasladarme a jaén por 400€ que me debe? 2) En caso de que no se celebre vista y el juez falle a su favor, tendría que abonar costas? Cuánto?
Si el casero quiere celebrar vista, le citarán a Usted también.
Si pierde el juicio, las costas no serán muy elevadas (por no decir que no se impondrán), pues por esa cantidad no tienen obligación de contratar Abogado ni Procurador, aunque hacerlo puede suponer una ventaja importante en el proceso.
1.- Si el casero quiere vista lo más probable es que haya vista. 2.- No hay condena en costas para su casero, porque el pleito se está llevando a cabo en la misma localidad en la que él vive.
Gracias, pero mis preguntas son: 1) Si el casero quiere vista y yo decido no seguir adelante con la demanda, puedo paralizarla o ya es tarde? 2) Si yo pierdo la demanda yo pagos costas? Cuánto sería esas costas? Me dicen que poco, pero cuánto es poco?
Las respuestas a sus preguntas no son "lineales", tiene que tener un poco de "paciencia jurídica". Vamos a ver: 1.- Probablemente si, pero es posible que si el casero quiere y el Juzgado lo estima el procedimiento siga (aunque no creo). En todo caso así no evitaría las costas causadas hasta ese momento. Si por ejemplo el casero ha contestado la demanda le imputarían a Ud. las costas hasta ese momento. 2.- En principio si, PERO al tratarse de un procedimiento de menos de 400 euros que se ha celebrado en un Juzgado del partido judicial del demandado, Ud. no tendría que pagarlas aunque le condenen a su pago. Es un tipo de procedimiento en el que el demandado puede acudir al Juzgado por si mismo, no tiene por qué contratar a un abogado, y por eso Ud. no está obligada a pagar las costas del contrario.
Este es el escrito que enviaré mañana por correo certificado al Juzgado. Como no he encontrado plantilla lo he hecho así. Es correcto?
AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NUMERO 1 DE MARTOS Avenida de Europa 99, Martos (Jaén)
Procedimiento Juicio Verbal (xxx) xxx/xxx. Negociado: A De: xxx Contra: xxx
PRONUNCIAMIENTO SOBRE PERTINENCIA DE LA CELEBRACIÓN DE LA VISTA AL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN SR. D. xxx En xxx, a 24 de julio de 2017. Como parte demandante considero no pertinente la celebración de la vista pues he aportado las pruebas documentales necesarias para dictar sentencia. Firmado, xxx
No le puedo dar una respuesta concreta porque eso depende de cada provincia, pero sí le puedo decir que lo más que puede llegar a pagarse nunca en concepto de costas es el tercio de la cuantía del pleito, en su caso el máximo serían 133,33 lo cual es una cantidad muy asumible.
Hola! No se si se acordarán, pero sobre la demanda que interpuse contra mi ex casera por la no devolución de la fianza, el juez falló ayer a mi favor. Le toca pagarme 500€ más intereses generados desde enero de 2015. Duda: ¿Tengo que hacer algo o esperar a que me pague?
Buenos días. Ya ha paso un mes desde que recibí la sentencia del juez dándome la razón y exigiendo a la casera a abonarme la fianza mas intereses. Ésta no me ha ingresado nada. Por lo tanto voy a mandar demanda ejecutiva. Mi duda es, debo indicar en la misma la cantidad de intereses que me debe o eso lo determina el juez???
Buenas tardes, Envié demanda ejecutiva al juzgado hace mas de un mes y hoy me llega una DILIGENCIA DE ORDENACIÓN DEL LETRADO DEL JUZGADO, diciendo "previamente a su admisión a tramite, y habiéndose pagado el principal en el juicio verbal, requierase a la parte actora, para que en el termino de 5 días, manifieste si desiste de la presente ejecución.
Entiendo que el juez me pregunta si estoy segura... ¿es así? y qué quiere decir "habiéndose pagado el principal"?
Dándole mil vueltas, claramente ha sido un error del Juzgado, pues no ha habido juicio verbal ni el demandado ha abonado el principal. Y tengo sentencia del juez dándome la razón. Por lo tanto voy a mandar un escrito diciendo que no ha habido juicio ni pago, adjuntando sentencia e insistiendo en la orden de ejecución de la sentencia. Ahora necesito ayuda, ¿cómo planteo este escrito?
Hola. He preguntado en el Juzgado donde presenté la demanda y me han confirmado (por teléfono) que la demandada pagó en la cuenta de consignaciones la cantidad requerida. El juzgado envió al juzgado de mi ciudad un exorto con el pago, pero a mi no me ha llegado nada todavía a mi domicilio (he llamado y me han dicho que llegó el mes pasado per aún no se ha tramitado). El caso es que en el Juzgado donde presenté la demanda me han dicho, palabras textuales: "o desiste ya de la ejecución o le pueden condenar en costas". Mi pregunta es, me pueden condenar si yo no ha recibido aún comunicado alguno?