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Duda sobre posible derecho de crédito en sociedad de gananciales

3 Comentarios
 
Duda sobre posible derecho de crédito en sociedad de gananciales
22/08/2019 17:24
Buenas tardes compañeros, se me ha presentado un divorcio con liquidación de gananciales con una peculiaridad que me ha generado dudas, a ver que pensáis.

Mi cliente es el marido, la vivienda familiar es la de la madre de mi cliente, privativa suya recibida por herencia, y esta vivienda tiene una hipoteca a nombre de la madre de mi cliente también, pero la cuenta domiciliada para el pago de la hipoteca está a nombre matrimonio.

Los pagos empezaron antes del matrimonio y luego siguieron, siendo la cuenta bancaria ganancial. Mi pregunta es, ¿tiene ella respecto a los pagos que se hicieron constante la sociedad de gananciales un derecho de crédito?
23/08/2019 08:29
borja13
Yo diria que no.
Perfectamente se puede alegar que la dueña (la madre de tu cliente), percibia una cantidad (alquiler) por el uso de la vivienda, y que en vez de cobrarlo en mano o ingresarlo en una cuenta a su nombre, llegaron al acuerdo de domiciliar los pagos de la hipoteca en la cuenta del matrimonio.
23/08/2019 09:19
borja13
Opino lo mismo. Si el propietario hubiera sido el marido como bien privativo, de una vivienda otra que la familiar sí, pero es una vivienda propiedad de un tercero, aunque sea la madre. En caso de no separarse la vivienda habría seguido siendo propiedad suya y no de los integrantes del matrimonio, por lo que no hay crédito de la sociedad de gananciales hacia uno de ellos, sino en todo caso un préstamo a la madre, pero que de no estar formalizado puede entenderse como un alquiler, aunque no haya contrato.
23/08/2019 09:23
paquito xocolatero
Muchas gracias por las contestaciones, habéis pensado exactamente como yo jaja.

Realmente desde un primer momento pensé en equipararlo a un alquiler y siendo ese el caso, no hay derecho de crédito alguno, pero como era un supuesto algo atípico me surgieron dudas.
Duda sobre posible derecho de crédito en sociedad de gananciales | PorticoLegal
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Duda sobre posible derecho de crédito en sociedad de gananciales
22/08/2019 17:24
Buenas tardes compañeros, se me ha presentado un divorcio con liquidación de gananciales con una peculiaridad que me ha generado dudas, a ver que pensáis.

Mi cliente es el marido, la vivienda familiar es la de la madre de mi cliente, privativa suya recibida por herencia, y esta vivienda tiene una hipoteca a nombre de la madre de mi cliente también, pero la cuenta domiciliada para el pago de la hipoteca está a nombre matrimonio.

Los pagos empezaron antes del matrimonio y luego siguieron, siendo la cuenta bancaria ganancial. Mi pregunta es, ¿tiene ella respecto a los pagos que se hicieron constante la sociedad de gananciales un derecho de crédito?
23/08/2019 08:29
borja13
Yo diria que no.
Perfectamente se puede alegar que la dueña (la madre de tu cliente), percibia una cantidad (alquiler) por el uso de la vivienda, y que en vez de cobrarlo en mano o ingresarlo en una cuenta a su nombre, llegaron al acuerdo de domiciliar los pagos de la hipoteca en la cuenta del matrimonio.
23/08/2019 09:19
borja13
Opino lo mismo. Si el propietario hubiera sido el marido como bien privativo, de una vivienda otra que la familiar sí, pero es una vivienda propiedad de un tercero, aunque sea la madre. En caso de no separarse la vivienda habría seguido siendo propiedad suya y no de los integrantes del matrimonio, por lo que no hay crédito de la sociedad de gananciales hacia uno de ellos, sino en todo caso un préstamo a la madre, pero que de no estar formalizado puede entenderse como un alquiler, aunque no haya contrato.
23/08/2019 09:23
paquito xocolatero
Muchas gracias por las contestaciones, habéis pensado exactamente como yo jaja.

Realmente desde un primer momento pensé en equipararlo a un alquiler y siendo ese el caso, no hay derecho de crédito alguno, pero como era un supuesto algo atípico me surgieron dudas.