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Duda vivienda

6 Comentarios
 
17/04/2014 21:14
En cuanto a la respuestra del experto, creo que de experto no tenía mucho. Para no complicarme con leyes, basta leer la página 310 del manual de IRPF y Patrimonio 2013 de la Agencia Tributaria. En esa página lo explican con claridad. Por cierto el manual se puede bajar gratuitamente de su Web.
Al Registro de la Propiedad no es necesario que vayáis porque si no habéis hecho nueva escritura, figurará a nombres de vuestros padres o sea según la escritura inicial. La cuestión es que, a efectos de IBI y de IRPF el piso es como si fuera de tu madre al 100 por 100.

En cuanto al IBI de las propiedades rurales, puede ser que en el catastro o en el ayuntamiento no se hayan enterado del cambio, a pesar de que lo incluyerais en el I. de Sucesiones. Quizás te convenga preguntar a tus tíos sobre ese IBI.
17/04/2014 18:27
Gracias por tu respuesta.

Lo de declarar lo pregunto porque en el típico artículo de pregunta tus dudas sobre el irpf, le hacían preguntas a un experto y una de las personas le comentaba que había heredado el 50% de un piso, pero que su padre era el usufructuaría, que si tenía algo que declarar, y le contestaban que sí, que dependiendo de cuando se hubiese revisado el valor catastral que tenía que pagar un 1% o un 2% por tener la nuda propiedad, entonces a raíz de esa respuesta me surgió a mí la duda respecto a mi caso.

Entonces por lo que dices el piso está 100% a nombre de mi madre ¿No?, ¿Para asegurarnos deberíamos de ir al registro de la propiedad?

Con respecto a las propiedades rurales, entiendo lo que dices de que no generen plusvalías, pero IBI si que tienen, ¿No deberían de habernos pasado un IBI por el valor de 1/8 del IBI total, ya que fue 1/8 del total de las propiedades lo que incluimos en el impuesto de sucesiones.

Gracias por tu respuesta.
17/04/2014 10:58
Si el IBI aparece a nombre de tu madre, está correcto porque le corresponde a ella al ser propietaria del 50% y usufructuraria del otro 50%.
Eso significa que, además de estar bien el IBI, está bien en el catastro. Por tanto, yo no me preocuparía de que en IRPF aparezaca que tu madre tiene el 50% ya que es correcto: ella tiene el 50% en pleno dominio y el 50% en usufructo, reflejarlo eso en porcentajes es un tanto complicado ya que no sería exactamente el otro 50%. No obstante, si te quedas más tranquilo, puedes preguntar en el catastro y en Hacienda si hay que hacer algo, aunque yo creo que no es necesario.
No pasa nada por seguir manteniendo la escritura antigua, lo hace mucha gente. El único problema sería si quisiérais vender la vivienda porque antes tendríais que hacer la nueva escritura dado que con la antigua no podéis hacerlo al faltar tu padre.
Tú no tienes que declarar nada de esa vivienda en IRPF, sea o no sea tu vivienda habitual, porque el nudo propietario nunca recibe rentas de ningún tipo ya que las rentas son en exclusiva del usufructuario.
En cuanto a las propiedades rurales, poco te puedo decir porque no soy entendido en ellas. De todas formas creo que no tributan por plusvalía municipal.
17/04/2014 02:19
¿Nadie sabría decirme algo de esto último?
15/04/2014 18:26
Muchas gracias por su respuesta.

EL IBI el recibo del banco viene a nombre de mi madre, nos lo cobran por una cuenta que ella es titular y yo estoy autorizada. ¿Entonces es normal que en la declaración de la renta sólo le aparezca un 50% en propiedad y no hay que hacer nada para cambiarlo y que aparezca en la declaración de mi madre el 100% de propiedad? Porque como es su vivienda habitual y no tiene que tributar por ella, ¿No sería bueno que apareciese como propietaria al 100%? porque sino ¿De quién se supone que es el otro 50%?

¿Y no pasa nada por seguir con una escritura antigua que estaba a nombre de mis padres y cuando no se había pagado todo el piso, no?

Yo no tengo que declarar nada porque la usufructuaría es mi madre ¿Verdad? es que leí en Internet que había que declararlo como nuda propiedad y era un 1 ó 2% del valor de la vivienda dependiendo de cuando se hubiese revisado el valor catastral. ¿Lo de que yo no tenga que declararlo es porque es también mi vivienda habitual? ¿Si algún día esa deja de ser mi vivienda habitual he de declararlo de algún modo?


Aprovechando que estoy preguntando esto, voy a hacer otra pregunta. Mi padre eran unos cuantos hermanos y cuando murió su madre que era viuda que no dejó testamento no repartieron herencia. Había una serie de propiedades rurales que estaban creo a nombre de herederos de ella, vamos de los hijos, yo cuando hice lo de sucesiones incluí 1/8 de esas propiedades ya que son 8 hermanos. Pero nunca me llegó recibo de plusvalía como el que me llego en mi vivienda habitual, ni me mandaron para pagar nada por el derecho de sucesiones, ni me mandan IBI ¿Es eso normal?

Gracias por todo.
15/04/2014 10:21
A efectos impositivos del IRPF da igual que figure el 50% u otro porcentaje ya que no tributa al ser su vivienda habitual y ser su usufructuaria. Habría que saber a qué nombre se liquida el IBI para pensar en la conveniencia de algún cambio. Pero por el momento, yo no haría nada.

En tu declaración no es necesario que aparezca nada ya que no tienes que tributar porque las rentas sólo se atribuyen al usufructuario.

Tampoco es necesario hacer una nueva escritura, eso queda a voluntad de los herederos.

En resumen: vuestra situación es bastante habitual cuando fallece uno de los cónyuges, ya que en muchos casos los herederos no hacen nada (salvo la liquidación de impuestos) hasta que fallece el otro cónyuge que suele quedar como usufructuario de la herencia.
Duda vivienda
14/04/2014 21:30
Quería hacer una consulta a raíz de ver el borrador de mi madre de la declaración.

Mi padre falleció hace 3 años, tenían el piso al 50% para mi padre y el 50% para mi madre, y en la declaración de la renta a mi madre le sigue apareciendo ese 50%.

En mi declaración no me aparece ningún porcentaje de propiedad del piso, ni como nuda propiedad ya que mi madre es la que tiene el usufructo.

Hemos presentado en el plazo correspondiente el impuesto de sucesiones y hemos pagado lo que nos han solicitado por la plusvalía del piso, que es la vivienda habitual.

Entonces tengo la duda si ella tiene que declarar algo en la declaración que no le dijeron y que le aparezca el porcentaje total del piso a su nombre.

O si yo tengo que declarar algo del porcentaje que era de mi padre como nuda propiedad, aunque no me lo hayan dicho.

Y saber si es necesario hacer o no una nueva escritura, ya que la que tenemos es la primera que se hizo cuando compraron el piso mi padres que todavía no estaba completamente pagado, ahora ya sí está totalmente pagado.

Gracias.
Duda vivienda | PorticoLegal
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17/04/2014 21:14
En cuanto a la respuestra del experto, creo que de experto no tenía mucho. Para no complicarme con leyes, basta leer la página 310 del manual de IRPF y Patrimonio 2013 de la Agencia Tributaria. En esa página lo explican con claridad. Por cierto el manual se puede bajar gratuitamente de su Web.
Al Registro de la Propiedad no es necesario que vayáis porque si no habéis hecho nueva escritura, figurará a nombres de vuestros padres o sea según la escritura inicial. La cuestión es que, a efectos de IBI y de IRPF el piso es como si fuera de tu madre al 100 por 100.

En cuanto al IBI de las propiedades rurales, puede ser que en el catastro o en el ayuntamiento no se hayan enterado del cambio, a pesar de que lo incluyerais en el I. de Sucesiones. Quizás te convenga preguntar a tus tíos sobre ese IBI.
17/04/2014 18:27
Gracias por tu respuesta.

Lo de declarar lo pregunto porque en el típico artículo de pregunta tus dudas sobre el irpf, le hacían preguntas a un experto y una de las personas le comentaba que había heredado el 50% de un piso, pero que su padre era el usufructuaría, que si tenía algo que declarar, y le contestaban que sí, que dependiendo de cuando se hubiese revisado el valor catastral que tenía que pagar un 1% o un 2% por tener la nuda propiedad, entonces a raíz de esa respuesta me surgió a mí la duda respecto a mi caso.

Entonces por lo que dices el piso está 100% a nombre de mi madre ¿No?, ¿Para asegurarnos deberíamos de ir al registro de la propiedad?

Con respecto a las propiedades rurales, entiendo lo que dices de que no generen plusvalías, pero IBI si que tienen, ¿No deberían de habernos pasado un IBI por el valor de 1/8 del IBI total, ya que fue 1/8 del total de las propiedades lo que incluimos en el impuesto de sucesiones.

Gracias por tu respuesta.
17/04/2014 10:58
Si el IBI aparece a nombre de tu madre, está correcto porque le corresponde a ella al ser propietaria del 50% y usufructuraria del otro 50%.
Eso significa que, además de estar bien el IBI, está bien en el catastro. Por tanto, yo no me preocuparía de que en IRPF aparezaca que tu madre tiene el 50% ya que es correcto: ella tiene el 50% en pleno dominio y el 50% en usufructo, reflejarlo eso en porcentajes es un tanto complicado ya que no sería exactamente el otro 50%. No obstante, si te quedas más tranquilo, puedes preguntar en el catastro y en Hacienda si hay que hacer algo, aunque yo creo que no es necesario.
No pasa nada por seguir manteniendo la escritura antigua, lo hace mucha gente. El único problema sería si quisiérais vender la vivienda porque antes tendríais que hacer la nueva escritura dado que con la antigua no podéis hacerlo al faltar tu padre.
Tú no tienes que declarar nada de esa vivienda en IRPF, sea o no sea tu vivienda habitual, porque el nudo propietario nunca recibe rentas de ningún tipo ya que las rentas son en exclusiva del usufructuario.
En cuanto a las propiedades rurales, poco te puedo decir porque no soy entendido en ellas. De todas formas creo que no tributan por plusvalía municipal.
17/04/2014 02:19
¿Nadie sabría decirme algo de esto último?
15/04/2014 18:26
Muchas gracias por su respuesta.

EL IBI el recibo del banco viene a nombre de mi madre, nos lo cobran por una cuenta que ella es titular y yo estoy autorizada. ¿Entonces es normal que en la declaración de la renta sólo le aparezca un 50% en propiedad y no hay que hacer nada para cambiarlo y que aparezca en la declaración de mi madre el 100% de propiedad? Porque como es su vivienda habitual y no tiene que tributar por ella, ¿No sería bueno que apareciese como propietaria al 100%? porque sino ¿De quién se supone que es el otro 50%?

¿Y no pasa nada por seguir con una escritura antigua que estaba a nombre de mis padres y cuando no se había pagado todo el piso, no?

Yo no tengo que declarar nada porque la usufructuaría es mi madre ¿Verdad? es que leí en Internet que había que declararlo como nuda propiedad y era un 1 ó 2% del valor de la vivienda dependiendo de cuando se hubiese revisado el valor catastral. ¿Lo de que yo no tenga que declararlo es porque es también mi vivienda habitual? ¿Si algún día esa deja de ser mi vivienda habitual he de declararlo de algún modo?


Aprovechando que estoy preguntando esto, voy a hacer otra pregunta. Mi padre eran unos cuantos hermanos y cuando murió su madre que era viuda que no dejó testamento no repartieron herencia. Había una serie de propiedades rurales que estaban creo a nombre de herederos de ella, vamos de los hijos, yo cuando hice lo de sucesiones incluí 1/8 de esas propiedades ya que son 8 hermanos. Pero nunca me llegó recibo de plusvalía como el que me llego en mi vivienda habitual, ni me mandaron para pagar nada por el derecho de sucesiones, ni me mandan IBI ¿Es eso normal?

Gracias por todo.
15/04/2014 10:21
A efectos impositivos del IRPF da igual que figure el 50% u otro porcentaje ya que no tributa al ser su vivienda habitual y ser su usufructuaria. Habría que saber a qué nombre se liquida el IBI para pensar en la conveniencia de algún cambio. Pero por el momento, yo no haría nada.

En tu declaración no es necesario que aparezca nada ya que no tienes que tributar porque las rentas sólo se atribuyen al usufructuario.

Tampoco es necesario hacer una nueva escritura, eso queda a voluntad de los herederos.

En resumen: vuestra situación es bastante habitual cuando fallece uno de los cónyuges, ya que en muchos casos los herederos no hacen nada (salvo la liquidación de impuestos) hasta que fallece el otro cónyuge que suele quedar como usufructuario de la herencia.
Duda vivienda
14/04/2014 21:30
Quería hacer una consulta a raíz de ver el borrador de mi madre de la declaración.

Mi padre falleció hace 3 años, tenían el piso al 50% para mi padre y el 50% para mi madre, y en la declaración de la renta a mi madre le sigue apareciendo ese 50%.

En mi declaración no me aparece ningún porcentaje de propiedad del piso, ni como nuda propiedad ya que mi madre es la que tiene el usufructo.

Hemos presentado en el plazo correspondiente el impuesto de sucesiones y hemos pagado lo que nos han solicitado por la plusvalía del piso, que es la vivienda habitual.

Entonces tengo la duda si ella tiene que declarar algo en la declaración que no le dijeron y que le aparezca el porcentaje total del piso a su nombre.

O si yo tengo que declarar algo del porcentaje que era de mi padre como nuda propiedad, aunque no me lo hayan dicho.

Y saber si es necesario hacer o no una nueva escritura, ya que la que tenemos es la primera que se hizo cuando compraron el piso mi padres que todavía no estaba completamente pagado, ahora ya sí está totalmente pagado.

Gracias.