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Dudas sobre incpacidad permanente total (ipt)

2 Comentarios
 
Dudas sobre incpacidad permanente total (ipt)
03/07/2020 12:29
Buenos días
Recientemente me han reconocido una IPT cualificada (75 % de la base reguladora).
(Esta prestación está sujeta a IRPF, a diferencia de la absoluta y gran invalidez que están exentas)
Ello implicaba el reconocimiento automático de un grado de discapacidad del 33 %.
Pero hace como dos años, parece que el TS determinó que el grado de discapacidad del 33 % no se podía otorgar de forma automática con una IPT, sino que había que determinarla de forma diferenciada a la IPT.
¿Sabéis si esto es realmente así hoy por hoy?
¿Se cotiza para la jubilación en una IPT?
(Al ser revisable, podría ser extinguida y quisiera saber si durante el tiempo de IPT he cotizado o no para la jubilación)
Muchas gracias.
Saludos.
03/07/2020 19:18
seproka
Respondí antes pro no sé porqué no aparece...

En primer lugar, he leído por ahí que no cotiza para la jubilación, ya que se podría decir que es la misma jubilación (de hecho, en caso de llegar a la edad de jubilación simplemente cambia el nombre).

En cuanto a lo de la discapacidad, no sé si es oficioso u oficial, pero a mí me dijeron en septiembre en Madrid que si me daban cualquier tipo de incapacidad que llevara la resolución y me tramitaban el 33% de forma automática. En cualquier caso, te recomiendo reconocimiento porque seguramente te darán más (aunque quizá no suficiente para el siguiente nivel).

Ten en cuenta que la incapacidad te incapacita para el trabajo (para determinados trabajos en tu caso) y la discapacidad te incapacita para algunas tareas de tu vida diaria (más que incapacitarte, te entorpece), pero es normal pensar que si no puedes hacer determinados trabajos tampoco puedas hacer una vida en condiciones normales, y más teniendo en cuenta los daños psicológicos (frustración y depresión) en los que suelen derivar las incapacidades.

O sea, que haz la petición de la discapacidad (yo tengo el 37% pero no tengo Incapacidad, esperemos que sólo por el momento), entrega informes médicos y la resolución del INSS, y ya ellos se comunicarán contigo para darte la discapacidad o para verte si pudiera ser un grado mayor (si pudieran darte puntos de movilidad, por ejemplo, ya que no sbemos tus dolencias).
03/07/2020 20:16
seproka
Hola por lo que yo tengo entendido si se da 33% y no cotiza para la jubilación
Dudas sobre incpacidad permanente total (ipt) | PorticoLegal
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Dudas sobre incpacidad permanente total (ipt)

2 Comentarios
 
Dudas sobre incpacidad permanente total (ipt)
03/07/2020 12:29
Buenos días
Recientemente me han reconocido una IPT cualificada (75 % de la base reguladora).
(Esta prestación está sujeta a IRPF, a diferencia de la absoluta y gran invalidez que están exentas)
Ello implicaba el reconocimiento automático de un grado de discapacidad del 33 %.
Pero hace como dos años, parece que el TS determinó que el grado de discapacidad del 33 % no se podía otorgar de forma automática con una IPT, sino que había que determinarla de forma diferenciada a la IPT.
¿Sabéis si esto es realmente así hoy por hoy?
¿Se cotiza para la jubilación en una IPT?
(Al ser revisable, podría ser extinguida y quisiera saber si durante el tiempo de IPT he cotizado o no para la jubilación)
Muchas gracias.
Saludos.
03/07/2020 19:18
seproka
Respondí antes pro no sé porqué no aparece...

En primer lugar, he leído por ahí que no cotiza para la jubilación, ya que se podría decir que es la misma jubilación (de hecho, en caso de llegar a la edad de jubilación simplemente cambia el nombre).

En cuanto a lo de la discapacidad, no sé si es oficioso u oficial, pero a mí me dijeron en septiembre en Madrid que si me daban cualquier tipo de incapacidad que llevara la resolución y me tramitaban el 33% de forma automática. En cualquier caso, te recomiendo reconocimiento porque seguramente te darán más (aunque quizá no suficiente para el siguiente nivel).

Ten en cuenta que la incapacidad te incapacita para el trabajo (para determinados trabajos en tu caso) y la discapacidad te incapacita para algunas tareas de tu vida diaria (más que incapacitarte, te entorpece), pero es normal pensar que si no puedes hacer determinados trabajos tampoco puedas hacer una vida en condiciones normales, y más teniendo en cuenta los daños psicológicos (frustración y depresión) en los que suelen derivar las incapacidades.

O sea, que haz la petición de la discapacidad (yo tengo el 37% pero no tengo Incapacidad, esperemos que sólo por el momento), entrega informes médicos y la resolución del INSS, y ya ellos se comunicarán contigo para darte la discapacidad o para verte si pudiera ser un grado mayor (si pudieran darte puntos de movilidad, por ejemplo, ya que no sbemos tus dolencias).
03/07/2020 20:16
seproka
Hola por lo que yo tengo entendido si se da 33% y no cotiza para la jubilación