Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Duración arrendamiento

2 Comentarios
 
Duración arrendamiento
01/02/2004 15:42
Tengo un contrato de arrendamiento que creo que está mal hecho (en mi contra). Pone que el contrato dura cuatro años pero que ambas partes pueden desistir del contrato cuando quieran sin tener que indemnizar a la otra parte. ¿La duración mínima no es cinco años? ¿El inquilino puede dejar el piso cuando quiera sin pagar nada de indemnización? No se si está mal hecho o es para que si se prorroga despues de los cinco años se cumpla lo estipulado.
03/02/2004 16:31
entiendo q usted es el arrenadador, el contrato no está mal hecho, la ley preeve una duración minima de cinco años a voluntad del inquilino, pero se puede paºtar un plazo inferior siempre y cuasno el inquilino quiera cumplirlo, porque si no el plazo sera de 5 años.
Si se pacta que cualquiera de las partes podrá dejar el piso cuand quiera, supongo q con un preaaviso, es una claud¡sula que swerá válida para el arrendatario per no para el arrenador.

Un saludo
Virginia
varce76@hotmailo.com
08/02/2004 17:59
Si el contrato se pacto por cuatro años el inquilino puede estar cinco años .Si el inquilino deja el piso antes de los cuatro años no debe ninguna indemnizacion porque la indemnizacion la ley solo la prevee en caso de contratos pactados por mas de cinco años.Lo que debe quedar claro que usted no puede echar al inquilino hasta que transcurra los cinco años.
Duración arrendamiento | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Duración arrendamiento

2 Comentarios
 
Duración arrendamiento
01/02/2004 15:42
Tengo un contrato de arrendamiento que creo que está mal hecho (en mi contra). Pone que el contrato dura cuatro años pero que ambas partes pueden desistir del contrato cuando quieran sin tener que indemnizar a la otra parte. ¿La duración mínima no es cinco años? ¿El inquilino puede dejar el piso cuando quiera sin pagar nada de indemnización? No se si está mal hecho o es para que si se prorroga despues de los cinco años se cumpla lo estipulado.
03/02/2004 16:31
entiendo q usted es el arrenadador, el contrato no está mal hecho, la ley preeve una duración minima de cinco años a voluntad del inquilino, pero se puede paºtar un plazo inferior siempre y cuasno el inquilino quiera cumplirlo, porque si no el plazo sera de 5 años.
Si se pacta que cualquiera de las partes podrá dejar el piso cuand quiera, supongo q con un preaaviso, es una claud¡sula que swerá válida para el arrendatario per no para el arrenador.

Un saludo
Virginia
varce76@hotmailo.com
08/02/2004 17:59
Si el contrato se pacto por cuatro años el inquilino puede estar cinco años .Si el inquilino deja el piso antes de los cuatro años no debe ninguna indemnizacion porque la indemnizacion la ley solo la prevee en caso de contratos pactados por mas de cinco años.Lo que debe quedar claro que usted no puede echar al inquilino hasta que transcurra los cinco años.