Si la sentencia reconoce la nulidad del despido le corresponden salarios hasta su completa readmisión en la empresa, no hay tope.
Para profundizar un poco más en el tema; si es un contrato indefinido normal cobrarría de salarios los 12 meses, si entramos en fijos-discontinuos por ejemplo, transcurrirán los salarios de tramitación en los meses que supuestamente trabajaba con anterioridad todas las campañas.
Contestando a tu pregunta; No hay límite de salarios de tramitación, aunque pasaran 6 años hasta llegar al Tribunal Constitucional, si éste acepta la nulidad del despido, se cuentan los salarios hasta su completa readmisión.
En relación a un despido declarado procedente en primera instancia y pendiente de sentencia ante el TSJ por interposición de recurso de suplicación y habiendo transcurrido aproximadamente tres años desde la fecha de despido, agradecería me indicasen si en el caso de resultar favorable la sentencia de la Sala de Social del TSJ al trabajador despedido se le deberían abonar los salarios de tramitación de esos tres años o bien existe un límite de percepción. Agradecido.