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14/05/2012 14:06
Resumo mi caso que expuse en otro post, mi ex me abandonó cuando estaba en estado porque no quise abortar, aún no conoce al niño, si él no viene a visitarlo yo no le pido pensión de alimentos, se va ha hacer convenio regulador, y el acuerdo va a ser (si Dios quiere) oral, pero no entiendo el motivo por el cuál mi abogado se lo ha transmitido al abogado de él por escrito que si él no viene yo no le pido pensión a través de un e-mail, cuando yo le dije que fuese oral, puede ese correo electrónico perjudicarme en algo? no entiendo que si le dije que fuese todo oral porque lo ha escrito y se lo ha enviado vía e-mail. Un juzgado lo admite como prueba por algún motivo que pudiese suceder?
14/05/2012 14:31
Un juzgado no puede admitir un acuerdo segun el cual el padre renuncia a las visitas, y la madre a la pension, porque ambos acuerdos van en contra del interes del menor. La pension es para el hijo, asi que la madre no puede "acordar" con el padre que no haya pension a cambio de no haber visitas.
Si llegais a ese acuerdo verbal, funcionara mientras uno de los dos no cambie de idea, porque los acuerdos verbales no tienen validez legal, ni un juez puede ratificar un acuerdo verbal
14/05/2012 15:05
Gracias sarapiki, sé que el acuerdo verbal es papel mojado si alguno cambia de idea, mi pregunta es si un e-mail entre abogados en un futuro puede servir de prueba en contra mía, como por ejemplo si el incumpliese poder pedir con carácter retroactivo la pensión alimenticia.
14/05/2012 18:14
si no hay nada pasado por el juzgado no se puede pedir nada con caracter retroactivo, solo se podra pedir desde fecha de sentencia judicial
14/05/2012 23:00
No es exactamente así. Existe jurisprudencia contradictoria en ese sentido. Algunas audiencias provinciales establecen la pensión desde la fecha de la resolución, y otras desde la fecha de interposición de la demanda. Eso sí, ni acuerdo oral , ni mails , ni nada... cuanto antes convenio , o medidas provisionales. Hasta que no este puesto en un papel, no hay separación. No sólo cualquier progenitor puede quedarse con los hijos, e incluso impedir que el otro los vea, sino que no habrá obligación alguna de manutención. Ahora dices que te da igual. Mas adelante, veremos....
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Resumo mi caso que expuse en otro post, mi ex me abandonó cuando estaba en estado porque no quise abortar, aún no conoce al niño, si él no viene a visitarlo yo no le pido pensión de alimentos, se va ha hacer convenio regulador, y el acuerdo va a ser (si Dios quiere) oral, pero no entiendo el motivo por el cuál mi abogado se lo ha transmitido al abogado de él por escrito que si él no viene yo no le pido pensión a través de un e-mail, cuando yo le dije que fuese oral, puede ese correo electrónico perjudicarme en algo? no entiendo que si le dije que fuese todo oral porque lo ha escrito y se lo ha enviado vía e-mail. Un juzgado lo admite como prueba por algún motivo que pudiese suceder?
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Un juzgado no puede admitir un acuerdo segun el cual el padre renuncia a las visitas, y la madre a la pension, porque ambos acuerdos van en contra del interes del menor. La pension es para el hijo, asi que la madre no puede "acordar" con el padre que no haya pension a cambio de no haber visitas.
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Gracias sarapiki, sé que el acuerdo verbal es papel mojado si alguno cambia de idea, mi pregunta es si un e-mail entre abogados en un futuro puede servir de prueba en contra mía, como por ejemplo si el incumpliese poder pedir con carácter retroactivo la pensión alimenticia.
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si no hay nada pasado por el juzgado no se puede pedir nada con caracter retroactivo, solo se podra pedir desde fecha de sentencia judicial
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No es exactamente así. Existe jurisprudencia contradictoria en ese sentido. Algunas audiencias provinciales establecen la pensión desde la fecha de la resolución, y otras desde la fecha de interposición de la demanda. Eso sí, ni acuerdo oral , ni mails , ni nada... cuanto antes convenio , o medidas provisionales. Hasta que no este puesto en un papel, no hay separación. No sólo cualquier progenitor puede quedarse con los hijos, e incluso impedir que el otro los vea, sino que no habrá obligación alguna de manutención. Ahora dices que te da igual. Mas adelante, veremos....