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E.t. cambio de las condiciones de trabajo

1 Comentarios
 
08/01/2023 11:53
Longaza
Buenos días, puede considerarse como "Condición más beneficiosa" el hecho de que pueda utilizar un vehículo de empresa, desde hace ya 10 años, para asistir a los imprevistos que surjan, relacionado con el trabajo, y por tanto no puede ser eliminado unilateralmente porque la empresa le dé la gana, a cambio debe seguir asistiendo a las emergencias que surjan pero con su propio vehículo. Considero que debiera demandar a la empresa por la sencilla razón de que dicho derecho se configura como una claúsula más de su contrato, debido a la voluntad de la empresa durante un tiempo considerable, de que así sea, por lo que es un incumplimiento de contrato. Se considera pues una MSCT, y por tanto reclama ante los juzgados la eliminación de la medida de retirarle el vehículo, para má inri, obligándole a seguir acudiendo a las emergencias que surjan pero con vehículo propio.
E.t. cambio de las condiciones de trabajo
07/01/2023 19:38
Hace más de 10 años que trabajo con un vehículo de empresa. A las pocas semanas de empezar me autorizaron o más bien me lo pidieron que utilizará el vehículo de trabajo para hacer a mi puesto, a pesar de que mi domicilio siempre ha estado a 80 km de distancia. A cambio debía estar de guardia por si surgiera algún imprevisto y eso ocurre bastante a menudo.
Ahora me piden que el vehículo deberá pernoctar en el puesto de trabajo pero debo de permanecer de guardia el resto de la jornada y desplazarme por mis propios medios a recoger el vehículo para atender los imprevistos que surjan.
Mi pregunta es si pueden considerarse estos cambios en las condiciones de trabajo dentro de lo que se determina el ET para que pueda solicitar la finalización del contrato de trabajo y qué tipo de despido me correspondería?
E.t. cambio de las condiciones de trabajo | PorticoLegal
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E.t. cambio de las condiciones de trabajo

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08/01/2023 11:53
Longaza
Buenos días, puede considerarse como "Condición más beneficiosa" el hecho de que pueda utilizar un vehículo de empresa, desde hace ya 10 años, para asistir a los imprevistos que surjan, relacionado con el trabajo, y por tanto no puede ser eliminado unilateralmente porque la empresa le dé la gana, a cambio debe seguir asistiendo a las emergencias que surjan pero con su propio vehículo. Considero que debiera demandar a la empresa por la sencilla razón de que dicho derecho se configura como una claúsula más de su contrato, debido a la voluntad de la empresa durante un tiempo considerable, de que así sea, por lo que es un incumplimiento de contrato. Se considera pues una MSCT, y por tanto reclama ante los juzgados la eliminación de la medida de retirarle el vehículo, para má inri, obligándole a seguir acudiendo a las emergencias que surjan pero con vehículo propio.
E.t. cambio de las condiciones de trabajo
07/01/2023 19:38
Hace más de 10 años que trabajo con un vehículo de empresa. A las pocas semanas de empezar me autorizaron o más bien me lo pidieron que utilizará el vehículo de trabajo para hacer a mi puesto, a pesar de que mi domicilio siempre ha estado a 80 km de distancia. A cambio debía estar de guardia por si surgiera algún imprevisto y eso ocurre bastante a menudo.
Ahora me piden que el vehículo deberá pernoctar en el puesto de trabajo pero debo de permanecer de guardia el resto de la jornada y desplazarme por mis propios medios a recoger el vehículo para atender los imprevistos que surjan.
Mi pregunta es si pueden considerarse estos cambios en las condiciones de trabajo dentro de lo que se determina el ET para que pueda solicitar la finalización del contrato de trabajo y qué tipo de despido me correspondería?