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echar inquilinos en virtud de contrato de habitacion

2 Comentarios
 
Echar inquilinos en virtud de contrato de habitacion
06/10/2010 13:32
buenos dias a todos y gracias anticipadas.
el tema tiene algo de miga:
una persona A cede su vivienda a B y elaboran entre ellas un contrato (que a mi entender deja muchisimo que desear) en el que, basicamente, estipulan que A le cede su vivienda a B gratuitamente hasta que B necesite volver a entrar a vivir a la misma, sin ningun tipo de contraprestacion; unicamente B tendrá que sufragar los gastos de luz, agua, etc...por supuesto y bajo cuerda B le cobra en negro un alquiler a B, pero nada de eso queda reflejado.
Cierto mes B deja de pagar y además A se entera de que le ha cambiado la cerradura.
mis preguntas son:
¿que procedimiento hay que instar para largarles? Desahucio entiendo que no, dado que no es un arrendamiento.
¿es delito echar la puerta abajo y largarles? en un arrendamiento eso es allanamiento pero aquí?
muchas gracias a quien sepa iluminarme...
Saludos
06/10/2010 13:49
RECTIFICO quinto RENGLON:
estipulan que A le cede su vivienda a B gratuitamente hasta que A necesite volver a entrar a vivir a la misma
07/10/2010 12:40
me han movido el tema a este foro pero no es un arrendamiento urbano, dado que no hay un contrato de arrendamiento en sí-
echar inquilinos en virtud de contrato de habitacion | PorticoLegal
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echar inquilinos en virtud de contrato de habitacion

2 Comentarios
 
Echar inquilinos en virtud de contrato de habitacion
06/10/2010 13:32
buenos dias a todos y gracias anticipadas.
el tema tiene algo de miga:
una persona A cede su vivienda a B y elaboran entre ellas un contrato (que a mi entender deja muchisimo que desear) en el que, basicamente, estipulan que A le cede su vivienda a B gratuitamente hasta que B necesite volver a entrar a vivir a la misma, sin ningun tipo de contraprestacion; unicamente B tendrá que sufragar los gastos de luz, agua, etc...por supuesto y bajo cuerda B le cobra en negro un alquiler a B, pero nada de eso queda reflejado.
Cierto mes B deja de pagar y además A se entera de que le ha cambiado la cerradura.
mis preguntas son:
¿que procedimiento hay que instar para largarles? Desahucio entiendo que no, dado que no es un arrendamiento.
¿es delito echar la puerta abajo y largarles? en un arrendamiento eso es allanamiento pero aquí?
muchas gracias a quien sepa iluminarme...
Saludos
06/10/2010 13:49
RECTIFICO quinto RENGLON:
estipulan que A le cede su vivienda a B gratuitamente hasta que A necesite volver a entrar a vivir a la misma
07/10/2010 12:40
me han movido el tema a este foro pero no es un arrendamiento urbano, dado que no hay un contrato de arrendamiento en sí-