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Edad de prejubilación

1 Comentarios
 
Edad de prejubilación
05/08/2019 12:56
Buenos días. Mi pregunta es , cuando podría prejubilarme teniendo en cuenta que tengo 60 años y 9 meses y 34 años y medio cotizados a la seguridad social mas otros 4 años y medio cotizados al instituto social de las fuerzas armadas (fui suboficial de la Armada ese tiemp). Tengo entendido que la edad mínima es 63 pero con 40 años cotizados. Se puede uno prejubilar con 63 aún sin tener todos los años cotizados necesarios y en su caso qué penalización tendría.

Un saludo
08/08/2019 09:21
Esticome
Hola. Te podrás jubilar a los 63 años. Cuando tengas 61 años podrías pedir información al INSS, previa cita, y te calcularán la pensión bruta .Después habrá que calcular el IRPF: Te envío enlace
https://www6.aeat.es/wlpl/PRET-R190/index.zul
Cuando vayas al INSS lleva el certificado de los años cotizados en las Fuerzas Armadas pues a ellos no les consta.
La penalización ( coeficiente reductor) variará en función de los años cotizados. En la página del enlace anterior podrás ver la reducción. Según mis cálculos te aplicarán a la base reguladora un 86 %, es decir te descontarán un 7% anual ( para ser más exactos un 1,725 % por trimestre) por cada año que te falte para los 65 años, pues tendrás cotizados entre 41,50 años y 44,50 años.
Saludos
Edad de prejubilación | PorticoLegal
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Edad de prejubilación
05/08/2019 12:56
Buenos días. Mi pregunta es , cuando podría prejubilarme teniendo en cuenta que tengo 60 años y 9 meses y 34 años y medio cotizados a la seguridad social mas otros 4 años y medio cotizados al instituto social de las fuerzas armadas (fui suboficial de la Armada ese tiemp). Tengo entendido que la edad mínima es 63 pero con 40 años cotizados. Se puede uno prejubilar con 63 aún sin tener todos los años cotizados necesarios y en su caso qué penalización tendría.

Un saludo
08/08/2019 09:21
Esticome
Hola. Te podrás jubilar a los 63 años. Cuando tengas 61 años podrías pedir información al INSS, previa cita, y te calcularán la pensión bruta .Después habrá que calcular el IRPF: Te envío enlace
https://www6.aeat.es/wlpl/PRET-R190/index.zul
Cuando vayas al INSS lleva el certificado de los años cotizados en las Fuerzas Armadas pues a ellos no les consta.
La penalización ( coeficiente reductor) variará en función de los años cotizados. En la página del enlace anterior podrás ver la reducción. Según mis cálculos te aplicarán a la base reguladora un 86 %, es decir te descontarán un 7% anual ( para ser más exactos un 1,725 % por trimestre) por cada año que te falte para los 65 años, pues tendrás cotizados entre 41,50 años y 44,50 años.
Saludos