Buenos dias: En 2000 compré una parcela en régimen de gananciales con mi mujer. En 2005 mi mujer y yo nos cambiamos al de separacion de bienes. Ahora quiero edificar, con mi dinero exclusivo, sobre la parcela. Supongo que mi mujer tendrà algun titulo de propiedad sobre la casa por ser propietaria (en parte) del terreno en que surge: es cierto eso? Qué debe hacer mi mujer para renunciar a su titulo sobre la casa: una escritura simple tendrìa valor legal? Gracias
En principio, si en en el año 2005 (fecha de la separación de bienes), no segregaron la parcela para adjudicarse cada uno una parte, usted no puede edificar sin el consentimiento de ella. Para hacer una segregación previa de la parcela, habría que comprobar si urbanisticamente cada trozo resultante, sigue siendo edificable.