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Efectividad reforma artículo 96

12 Comentarios
 
Efectividad reforma artículo 96
09/03/2022 17:46
Hola, queria preguntaros si ya están saliendo sentencias favorables al respecto, mi situación es que mi hija ya es mayor de edad y me gustaría saber que hacer para obligar a la Madre a que no siga aprovechandose de la vivienda por haber tenido la custodia de mi hija, ya que no tiene intención de salir de la vivienda. La vivienda es de los dos pero yo tengo un 70% de propiedad, ella no trabaja ni se le ve intencion, a mi hija no le faltaria un techo y segun mi convenio le tengo que pasar pension hasta que sea económicamente independiente, a lo cual no me niego. Solo quiero saber que es lo que hacer para reclamar lo que es mio. El piso aun tiene tres años de hipoteca. Ya no se que hacer. Busco consejo.
09/03/2022 17:48
Ya salio un tema al respecto pero ha quedado en el olvido. Un saludo.
09/03/2022 21:58
Oronita
Hola Oronita:
pienso que debe de haber suficiente jurisprudencia para poder ver como se van desarrollando el tema.
Es una injusticia a todas luces, que no habiendo menores en la vivienda un progenitor la disfrute hasta x edad o hasta la independencia del hijo.
Primero hay que pedir la extinción del uso y disfrute del progenitor que la ocupa y segundo la disolución. Puedes consultar buscando sentencias sobre el tema en CGPJ. Yo abrí el tema hace tiempo y sueño con el momento de poner la modificación de medidas, Poco a poco. Animo y mucha suerte y no dudes en comunicarnos todo aquello que nos sea necesario a los foreros. Gracias.
10/03/2022 17:35
Tomasico
La verdad es que si que es una injusticia a todas luces el que se aprovechen de eso. La reforma entro en vigor en septiembre del 2021. Hable con mi abogada y me dijo que de momento los jueces siguen su criterio y que de momento no “acatan” la reforma. Quizas deba presentar demanda y si no pasa de ahi, recurrir la ley en el siguiente nivel, cueste lo que cueste. Lo que esta claro es que tengo que empezar a mover ficha por que la parte contraria no va a hacer nada. Al final, me tocará subastar mi parte o regalarsela a cualquiera menos a la Doña. A ver si alguien sabe del tema y nos puede aconsejar.
10/03/2022 18:55
Oronita
Buenas tardes Oronita. Efectivamente, en junio de 2021 se reformó el art. 96 del CC, pero desde mucho años antes se estaban presentando demandas solicitando la extinción del derecho al uso de la vivienda familiar por haber alcanzado los hijos la mayoría de edad y los jueces estimándola y atribuyendo su uso en función de las circunstancias de cada caso, por ejemplo: la atribución alternativa por periodos anuales. Asimismo, en el caso de que ud. se hubiere casado en gananciales, debería interesar su liquidación.

Un saludo
14/03/2022 17:23
Schezlaf
Me case en gananciales y tengo un 70%, lógicamente me interesa disolver. Mi hija no se queda sin un techo, se podría venir conmigo. Tiene miedo a su madre y no va a decirla nada. Lo que quiero es que su madre deje ya la casa y se busque la vida poniendose a trabajar ya k no tiene ninguna minusvalia ni nada de eso. Yo lo único que quiero es lo mio, nada mas. Ella interpreta que no va a abandonar la casa hasta que mi hija sea independiente económicamente. No pone nada de eso en el convenio, solo pone que tengo que seguir pasando pension hasta la independencia económica, a lo que no me niego. Estimo que me parece de tener mucha cara el seguir aprovechandose del piso. No quiere vender y lo unico que me ofrece es comprarme mi parte por menos del 40% de lo que vale, olvidandose que yo tengo el 70. Pido vuestro consejo de lo que tengo que hacer o como hacerlo. Muchas gracias
15/03/2022 13:01
Oronita
Oronita;
Lo primero poner modificación de medidas solicitando la extinción del uso y disfrute de la vivienda por parte de la Doña, puesto que su hija ya es mayor de edad. Segundo la liquidación de la vivienda. Si se casó en gananciales, pero posee el 70%, de la propiedad, está claro que le interesa que se pase un tasador llegado el momento y liquide la parte a su ex. 30%.
Su hija puede quedarse en su casa, hasta en la misma habitación si desea vivir con usted y entonces la pensión de alimentos no se la pasaría a la Doña, que se iría con su 30% y andando.
Mucha suerte y ánimo.
16/03/2022 11:41
Tomasico
Me pondre a ello en breve porque si no hago nada, la que se beneficia es la madre. Muchas gracias por vuestro consejo. Si hay algun tramite que pueda hacer mas, no dudeis en transmitirmelo. A ver si consigo que gane el sentido comun y se ponga a cada uno donde le corresponde. Ya esta bien de aprovecharse de las circunstancias.
16/05/2023 17:59
Me voy a poner en breve con la demanda a ver que tal resulta. Me dijo mi hija que le escucho a su madre que ni de coña la iban a sacar de la casa. Y la señora viviendo de la pension de mi hija y de una paga de 500€ que le dan no se porque, ya que no tiene ninguna minusvalia. Y le dice a mi hija que la tiene que mantener. Con personas asi, estamos j******. Acepto consejos por si se me pasa algo. Gracias.
17/05/2023 11:41
Hola, busca Mateo Bueno en internet y ponte en contacto con el. Yo lo haré en cuanto se den las condiciones dentro de un año. Suerte.
23/05/2023 13:55
Oronita
Hola Oronita,

no te puedo contestar a si ya están saliendo sentencias favorables sobre este tema porque lo desconozco. Pero en todo caso, te animo a que instes una modificación de medidas solicitando el fin de la atribución de la vivienda, es la única manera para empezar a solucionar este tema.

Yo os voy a poner al día de mi situación, por si sirve para animar a alguien:

Yo me divorcié y pacté que uso del domicilio conyugal fuera para mi ex y nuestro hijo hasta que éste cumpliera 21 años.

Cuando mi hijo estaba a punto de alcanzar la mayoría de edad insté una modificación de medidas en la que solicitaba la extinción del uso del domicilio familiar al amparo de la nueva redacción del artículo 96 CC.

Al principio la otra parte se opuso a la demanda, pero finalmente, poco antes del día del juicio se llegó a un acuerdo, mediante el cual se pactaban X meses de atribución de la vivienda para ella y el hijo, y luego, ponerla a la venta.

En nuestro caso, al no haber llegado a juicio no hubo sentencia, pero entiendo que si se llegó a este pacto es porque, la otra parte sabía que más temprano que tarde debía abandonar la vivienda.

Con este post lo que quiero es animaros a los que estáis indecisos a que déis el paso. Es muy duro, y muy costoso económicamente, pero es la única manera de poder levantar cabeza y empezar a poner las cosas en orden.
23/05/2023 14:02
Tomasico
Hola Tomasico,

Este abogado que dices es de los mejores de España, le sigo en youtube y en redes sociales y también leo sus posts. Te recomiendo que no esperes un año a ponerte en contacto con él, hazlo en cuanto puedas y que sea él quien te recomiende cuándo es mejor interponer las acciones que considere. Las cosas de palacio van despacio, está habiendo muchas huelgas en la justicia (primero los letrados, luego los jueces, ahora los funcionarios de tramitación y auxilio), se están suspendiendo un montón de vistas y ralentizando muchísimo la tramitación de expedientes, vamos que en la mayoría de juzgados hay un tapón impresionante... de aquí a que se resuelva un tema pueden pasar muchos meses dependiendo de tu partido judicial, así que sea el profesional el que decida cuando actuar, pero tu ponte en sus manos en cuanto te sea posible!!

ánimo y saludos!
09/11/2023 01:08
Hace un mes presenté la demanda de modificación de medidas, en ella le doy un plazo de 6 meses para abandonar la casa y reducir la pensión a 150€ hasta k mi hija haga los 24 años. No se si tarda mucho en llegarle a la ex la demanda. Me dijo mi hija que su madre le dijo k no va a salir de la casa ni de coña, al final me tocará hacer una extinción de condominio y no se cuanto tiempo pasara hasta que consiga que se venda la casa. Os iré contando