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Ejecución alimentos de sentencia extranjera

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Ejecución alimentos de sentencia extranjera
23/06/2022 10:40
Buenos días,

Hay una pregunta en "extranjería" que creo que puede ser más acertada en familia. Me permito modificar la pregunta y plantearla de otra manera, ya que me parece interesante y también me gustaría conocer la respuesta:

**

Imaginen que después de un proceso de alimentos celebrado en Rumanía, el padre se va a vivir a España y deja de pagar la pensión de alimentos. La madre, pues, quiere hacer ejecutar la sentencia extranjera en España. Me pregunto:

1) ¿Qué le lleva a Sra. A a ejecutar la sentencia en España y no directamente en Rumanía? ¿Probablemente porque el Sr. tiene sus bienes en España y vive allí? ¿Qué motivos justifican esta decisión?

2) Si la madre puede/desea ejecutar la sentencia en España, ¿basta con que presente una demanda de ejecución con el título ejecutorio traducido ante el Juzgado de familia español donde reside su exmarido? (entiendo, pues, que la sentencia se reconoce y es ejecutoria automáticamente en España en virtud del art. 21 del reglamento nº 2201/2003).

3) ¿O sería aplicable alguna excepción que justificara el procedimiento previsto en el art. 39 del reglamento citado? (la madre ha de obtener primero un auto de reconocimiento para poder ejecutar la sentencia extranjera en España).

Gracias por su ayuda y aportación,
Virtu
Ejecución alimentos de sentencia extranjera | PorticoLegal
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Ejecución alimentos de sentencia extranjera
23/06/2022 10:40
Buenos días,

Hay una pregunta en "extranjería" que creo que puede ser más acertada en familia. Me permito modificar la pregunta y plantearla de otra manera, ya que me parece interesante y también me gustaría conocer la respuesta:

**

Imaginen que después de un proceso de alimentos celebrado en Rumanía, el padre se va a vivir a España y deja de pagar la pensión de alimentos. La madre, pues, quiere hacer ejecutar la sentencia extranjera en España. Me pregunto:

1) ¿Qué le lleva a Sra. A a ejecutar la sentencia en España y no directamente en Rumanía? ¿Probablemente porque el Sr. tiene sus bienes en España y vive allí? ¿Qué motivos justifican esta decisión?

2) Si la madre puede/desea ejecutar la sentencia en España, ¿basta con que presente una demanda de ejecución con el título ejecutorio traducido ante el Juzgado de familia español donde reside su exmarido? (entiendo, pues, que la sentencia se reconoce y es ejecutoria automáticamente en España en virtud del art. 21 del reglamento nº 2201/2003).

3) ¿O sería aplicable alguna excepción que justificara el procedimiento previsto en el art. 39 del reglamento citado? (la madre ha de obtener primero un auto de reconocimiento para poder ejecutar la sentencia extranjera en España).

Gracias por su ayuda y aportación,
Virtu