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Ejecución frente a ayuntamiento

3 Comentarios
 
Ejecución frente a ayuntamiento
22/11/2018 13:34
Buenos días tengo que ejecutar una sentencia que condena a un Ayuntamiento al pago de una cantidad en la jurisdicción civil, ¿Cómo lo hago? Una ejecución civil normal o debo aplicar la ley de la jurisdicción contenciosa. Puedo pedir los intereses de la ley de morosidad. Gracias de antemano.
22/11/2018 15:10
Santiagogarrido
Que te hayan admitido una demanda contra un ayuntamiento en la jurisdicción civil es desde luego jurídicamente posible, pero totalmente excepcional. En fin, si tienes esa sentencia has de ejecutarla como todas: mediante demanda ejecutiva ante el mismo tribunal que la dictó- pues cada tribunal tiene competencia funcional para ejecutar sus propias resoluciones- mencionando tan solo la sentencia de que se trate. Eso sí: la Administración es inembargable.
04/12/2018 14:13
Santiagogarrido
Hay determinados servicios que se reclaman en la via civil (así lo establece la ley de contratos públicos). Sin entrar en el carácter excepcional o no, tengo la sentencia que condena a pagar con sentencia favorable también en apelación (ya firme) que quien tiene que ejecutar es el tribunal sentenciador no es mi duda. Mi duda es como puedo conseguir ejecutarla, ¿puedo pedir que se establezca un partida presupuestaria para cobrar como ocurre con las sentencias contenciosas con amenaza de que de no hacerlo procedería contra el alcalde?. En caso contrario como muy bien dices al ser inembargables los bienes municipales (incluidas sus cuentas bancarias) será imposible cobrar. Gracias y un saludo.
04/12/2018 17:19
Santiagogarrido
Los ayuntamientos pagan muy a regañadientes y tras insistir mucho, pero pagan. Tienes que solicitar que el juez exhorte al ayuntamiento a designar un órgano que se encargue en concreto de esta ejecución, y apercibir personalmente al funcionario titular para que designe el bien a embargar, que ha de ser una cuenta corriente. Te quedaría algo así: "en virtud el art. tal (designación de bienes) que el ejecutado fije el órgano competente para la tramitación y exacción de esta ejecución".
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22/11/2018 13:34
Buenos días tengo que ejecutar una sentencia que condena a un Ayuntamiento al pago de una cantidad en la jurisdicción civil, ¿Cómo lo hago? Una ejecución civil normal o debo aplicar la ley de la jurisdicción contenciosa. Puedo pedir los intereses de la ley de morosidad. Gracias de antemano.
22/11/2018 15:10
Santiagogarrido
Que te hayan admitido una demanda contra un ayuntamiento en la jurisdicción civil es desde luego jurídicamente posible, pero totalmente excepcional. En fin, si tienes esa sentencia has de ejecutarla como todas: mediante demanda ejecutiva ante el mismo tribunal que la dictó- pues cada tribunal tiene competencia funcional para ejecutar sus propias resoluciones- mencionando tan solo la sentencia de que se trate. Eso sí: la Administración es inembargable.
04/12/2018 14:13
Santiagogarrido
Hay determinados servicios que se reclaman en la via civil (así lo establece la ley de contratos públicos). Sin entrar en el carácter excepcional o no, tengo la sentencia que condena a pagar con sentencia favorable también en apelación (ya firme) que quien tiene que ejecutar es el tribunal sentenciador no es mi duda. Mi duda es como puedo conseguir ejecutarla, ¿puedo pedir que se establezca un partida presupuestaria para cobrar como ocurre con las sentencias contenciosas con amenaza de que de no hacerlo procedería contra el alcalde?. En caso contrario como muy bien dices al ser inembargables los bienes municipales (incluidas sus cuentas bancarias) será imposible cobrar. Gracias y un saludo.
04/12/2018 17:19
Santiagogarrido
Los ayuntamientos pagan muy a regañadientes y tras insistir mucho, pero pagan. Tienes que solicitar que el juez exhorte al ayuntamiento a designar un órgano que se encargue en concreto de esta ejecución, y apercibir personalmente al funcionario titular para que designe el bien a embargar, que ha de ser una cuenta corriente. Te quedaría algo así: "en virtud el art. tal (designación de bienes) que el ejecutado fije el órgano competente para la tramitación y exacción de esta ejecución".