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Ejecucion titulo no judicial

3 Comentarios
 
17/09/2014 20:49
NO , no es un monitorio , es una ejecucion de escritura privada . un reconocimiento de deuda realizado ante notario.
La cantidad no supera los 2000 euros. Pero repito no es un monitorio , por lo que dicen que es preceptivo abogado y procurador
17/09/2014 14:06
Supongo que hablas de un escrito de oposición a la ejecución que viene de un Monitorio ya finalizado y que la cuantía reclamada no supera 2000 €. Los motivos que aduce la parte contraria no son de recibo, por lo que puedes presentar un escrito indicando que no es necesaria ni obligatoria la asistencia y representación de Abogado y Procurador, por razón de la cuantía; y que es absurdo indicar la falta de notificación de la deuda, cuando ya se ha tramitado un Monitorio; solicitando continúe la ejecución por todos sus trámites.
Parece que los motivos de oposición, son simplemente excusas de mal pagador.
Si la cantidad por la que se ha despachado ejecución es superior a dos mil euros era obligatoria la intervención de abogado y Procurador (articulo 539.1 párrafo segundo de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
Mire si se han opuesto dentro de los primeros cinco días de los diez que les dieron para oponerse.
Si han pasado más de cinco días no pueden hacer alegaciones a defectos procesales (articulo 559.2 de la L.E.C.), y el Juzgado, por consiguiente no puede analizar ya esa alegación, pero le recomiendo que el escrito que presente lleve firma de abogado y de Procurador.
Pida que ese defecto pueda ser subsanado, tal y como permite el artículo referido.
No haber notificado al deudor la deuda no es cierto, pues en el Monitorio se le notificaría su reclamación.
Ejecucion titulo no judicial
17/09/2014 04:17
Creo que he metido la pata hasta el fondo.Meti en el juzgado a deudor con reconocimiento de deuda en escritura privada de 1450 euros por impago alquiler.Bien , el tema es que al plantear la ejecucion lo hice sin abogado o procurador.Veia el cobro dudoso y mi situacion economica no es buena por lo que no podia permitirme pagar un abogado y un procurador.Total que lo tramite yo mismo
Me ha llegado hoy el recurso de oposicion a la ejecucion.El recurso se basa en
-no haber contratado abogado y procurador , art 539,1 . Lo hice actuando en mi propio nombre y derecho , en el juzgado nunca me avisaron ni me dijeron nada.
-no haber notificado al deudor la deuda.El ya me dijo que no iba a pagar en ningun momento, de hecho ni siquiera satisfajo ni una mensualidad.

se da por valida la deuda pero se pide el archivo. He estado mirando por internet y creo que me lo van a archivar , alguien sabe si quedaria como "cosa juzgada".Es decir podria volver a plantear la ejecucion esta vez con abogado y procurador?
No hay derecho a esto encima de estafado , de haber pagado la escritura , de haber pagado la tasa de gallardon lo voy a perder todo.¿Alguien sabe que puedo hacer por favor? es muy frustrante y tengo 5 dias para contestar el recurso.El recurso de el moroso pide el sobreseimiento.
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17/09/2014 20:49
NO , no es un monitorio , es una ejecucion de escritura privada . un reconocimiento de deuda realizado ante notario.
La cantidad no supera los 2000 euros. Pero repito no es un monitorio , por lo que dicen que es preceptivo abogado y procurador
17/09/2014 14:06
Supongo que hablas de un escrito de oposición a la ejecución que viene de un Monitorio ya finalizado y que la cuantía reclamada no supera 2000 €. Los motivos que aduce la parte contraria no son de recibo, por lo que puedes presentar un escrito indicando que no es necesaria ni obligatoria la asistencia y representación de Abogado y Procurador, por razón de la cuantía; y que es absurdo indicar la falta de notificación de la deuda, cuando ya se ha tramitado un Monitorio; solicitando continúe la ejecución por todos sus trámites.
Parece que los motivos de oposición, son simplemente excusas de mal pagador.
Si la cantidad por la que se ha despachado ejecución es superior a dos mil euros era obligatoria la intervención de abogado y Procurador (articulo 539.1 párrafo segundo de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
Mire si se han opuesto dentro de los primeros cinco días de los diez que les dieron para oponerse.
Si han pasado más de cinco días no pueden hacer alegaciones a defectos procesales (articulo 559.2 de la L.E.C.), y el Juzgado, por consiguiente no puede analizar ya esa alegación, pero le recomiendo que el escrito que presente lleve firma de abogado y de Procurador.
Pida que ese defecto pueda ser subsanado, tal y como permite el artículo referido.
No haber notificado al deudor la deuda no es cierto, pues en el Monitorio se le notificaría su reclamación.
Ejecucion titulo no judicial
17/09/2014 04:17
Creo que he metido la pata hasta el fondo.Meti en el juzgado a deudor con reconocimiento de deuda en escritura privada de 1450 euros por impago alquiler.Bien , el tema es que al plantear la ejecucion lo hice sin abogado o procurador.Veia el cobro dudoso y mi situacion economica no es buena por lo que no podia permitirme pagar un abogado y un procurador.Total que lo tramite yo mismo
Me ha llegado hoy el recurso de oposicion a la ejecucion.El recurso se basa en
-no haber contratado abogado y procurador , art 539,1 . Lo hice actuando en mi propio nombre y derecho , en el juzgado nunca me avisaron ni me dijeron nada.
-no haber notificado al deudor la deuda.El ya me dijo que no iba a pagar en ningun momento, de hecho ni siquiera satisfajo ni una mensualidad.

se da por valida la deuda pero se pide el archivo. He estado mirando por internet y creo que me lo van a archivar , alguien sabe si quedaria como "cosa juzgada".Es decir podria volver a plantear la ejecucion esta vez con abogado y procurador?
No hay derecho a esto encima de estafado , de haber pagado la escritura , de haber pagado la tasa de gallardon lo voy a perder todo.¿Alguien sabe que puedo hacer por favor? es muy frustrante y tengo 5 dias para contestar el recurso.El recurso de el moroso pide el sobreseimiento.
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