Hola, procedo a ejecutar un acta de conciliación que en su día no se cumple. El juzgado localiza un crédito del ejecutado para tal cumplimiento y me manda un decreto acordando ambargar tal bien (crédito que el ejecutado tiene de sus relaciones comerciales) quería saber puesto que este procedimeinto es nuevo para mí, si he de hacer algo tras el decreto en estos términos o debo esperar. Un saludo