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Ejecuciones

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Ejecuciones
14/06/2014 16:34
Buenas tardes:

En un procedimiento condenaron a mi cliente al pago de una determinada cantidad de dinero. Por error en el cálculo se consignó menos de lo debido.

Antes de que el ejecutante tuviera conocimiento de la consignación, se interpuso demanda de ejecución, que fue estimada por el Juzgado, denegándose los embargos solicitados al haber sido consignada la deuda.

Tras las comprobaciones oportunas, el ejecutante interpuso recurso de revisión contra el Decreto que denegaba el embargo, argumentando que no se había consignado la totalidad de la cantidad debida por el ejecutado y solicitando el embargo por el resto.

Tras tener conocimiento mi cliente del recurso de revisión, se contestó al mismo, oponiéndonos, alegando error de cálculo y consignando la cantidad restante. Si bien, no era la cantidad que señalaba la ejecutada porque entendíamos que había un exceso en los cálculos efectuados por ésta, lo que fue debidamente explicado y argumentado con documental.

El Juzgado ha dictado Auto estimando el recurso de revisión, entendiendo que debe procederse al embargo porque no estaba toda la cantidad consignada, imponiéndole las costas a mi cliente por oponerse a la revisión. En el referido Auto, el Juez no entra a estudiar si la cuantía indicada por el ejecutante es o no correcta, indicando que no es el momento procesal oportuno y que ello se estudiará en la oposición a la ejecución.

Ello obliga a mi cliente a ingresar la cantidad que falta, más las costas del recurso, lo que entendemos injusto. ¿No debería haber entrado el Juez a estudiar la cuantía sobre la que se está solicitando el embargo si mi cliente ha manifestado error en el cálculo, habiéndose manifestado también ello en la oposición a la ejecución?

¿Qué podemos hacer para no tener que pagar el resto sobre lo que se despacha ejecución y las costas del recurso de revisión?

Gracias de antemano.


Saludos!

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En un procedimiento condenaron a mi cliente al pago de una determinada cantidad de dinero. Por error en el cálculo se consignó menos de lo debido.

Antes de que el ejecutante tuviera conocimiento de la consignación, se interpuso demanda de ejecución, que fue estimada por el Juzgado, denegándose los embargos solicitados al haber sido consignada la deuda.

Tras las comprobaciones oportunas, el ejecutante interpuso recurso de revisión contra el Decreto que denegaba el embargo, argumentando que no se había consignado la totalidad de la cantidad debida por el ejecutado y solicitando el embargo por el resto.

Tras tener conocimiento mi cliente del recurso de revisión, se contestó al mismo, oponiéndonos, alegando error de cálculo y consignando la cantidad restante. Si bien, no era la cantidad que señalaba la ejecutada porque entendíamos que había un exceso en los cálculos efectuados por ésta, lo que fue debidamente explicado y argumentado con documental.

El Juzgado ha dictado Auto estimando el recurso de revisión, entendiendo que debe procederse al embargo porque no estaba toda la cantidad consignada, imponiéndole las costas a mi cliente por oponerse a la revisión. En el referido Auto, el Juez no entra a estudiar si la cuantía indicada por el ejecutante es o no correcta, indicando que no es el momento procesal oportuno y que ello se estudiará en la oposición a la ejecución.

Ello obliga a mi cliente a ingresar la cantidad que falta, más las costas del recurso, lo que entendemos injusto. ¿No debería haber entrado el Juez a estudiar la cuantía sobre la que se está solicitando el embargo si mi cliente ha manifestado error en el cálculo, habiéndose manifestado también ello en la oposición a la ejecución?

¿Qué podemos hacer para no tener que pagar el resto sobre lo que se despacha ejecución y las costas del recurso de revisión?

Gracias de antemano.


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