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El conyuge no custodio no entrega

50 Comentarios
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23/11/2011 22:50
Yo, sinceramente, creo que el que debiera modificar la sentencia es el padre en este caso.

Es decir, él ha incumplido y aunque en este caso Im done no vaya a denunciar, el hecho de no reintegrar a los menores a su domicilio cuando la sentencia no dice a quien sino, como ella dice, donde y a qué hora es lo que es, incumplimiento.

Es decir, cuando sucede lo mismo pero a la inversa ¿qué se le dice al no custodio? Que acuda, ¿no? y que modifique el custodio si no le gusta; pues en este caso igual. Al que no le gusta es a él, pese a no decir expresamente la sentencia que se le entregarán a la madre (algo que puede ser de cajón pero, a su vez, de libre interpretación)

Im done. ¿Se ha planteado la posibilidad de mandarle al padre un burofax indicándole la cuestión que aquí se discute (que no pone a quien)? Y que, en cualquier caso, aprovechas la emisión del mismo burofax para informarle de que autorizas a X, Y o Z para recoger a los niños cuando tú no puedas y que, si no está de acuerdo lo diga, dándole un plazo X de tiempo para tal respuesta y que pasado ese plazo será que admite a las personas que ud designe? Es una opción previa a denunciar o modificar nada y demostrar que ha intentado diálogo, además de, imagino, tener justificantes de horario laboral, vuelos o lo que precise.

23/11/2011 22:37
Muchas gracias por su sincera opinión, ¨amo a mis hijos¨, pero no entiendo bien porqué he de pedir una modificación de medidas (porque debido a mi trabajo puedo no estar algún dia de entrega y ello es aleatorio) cuando la sentencia no indica a quien se reintegran los niños sino donde y a qué hora, que es en el domicilio familiar. Solo dice los domingos a las 20 h en el domicilio familiar. /lo mismo los martes.
GRACIAS
23/11/2011 22:30
No es que resulte inadecuado que una tercera persona reciba a los menores ni mucho menos, es que tratar de imputar un incumplimiento a alguien que se niega a entregar a los menores a terceros extraños a menos que lo indique un oficio del juzgado (penal) o una modofocacion de medidas (civil) puede resultar no ser lo que se esperaba, no es extraño en este pais que muchas veces mas de las deseadas, acudamos a interponer denuncia y el juzgado resuelva deiciendo " que por el principio de intervencion minima del derecho penal, los hechos no revisten entidad penal suficiente para su enjuciamiento, se deja abierta la posibilidad de una demanda civil para resover estos hechos al ser los mismo enjuiciables ante esta jurisdiccion" cerame, soy progenitor custodio monoparental desde hace muchos años, y si, me e visto en una situacion similar a la suya, por lo cual me solidarizo con usted, si no puede llegar a un acuerdo con su exmarido el procedimiento se antoja civil, (modofocacion de medidas) y no lo dude, si usted puede demostrar ante el juez que por su trabajo necesita que las entregas y recogidas de sus hijos se efectuen ante un tercero el juez modificara las medidas
y usted podra trabajar tranquilamente sin esperar a volver a pasar por semejante mal trago.
Espero haberle ayudado.
Un cordial saludo.
23/11/2011 22:18
Gracias terabithia. Es realmente muy desagradable, sobre todo para los niños, una situación de no entrega en la puerta de su casa. Ellos deseaban entrar en su domicilio porque sabian que llegaba su madre de madrugada y deseaban verme, a parte que es el domicilio que consideran su casa ya que con el padre solo pernoctan cuatro noches al mes. Los primeros en sufrir la no entrega fueron los niños. Yo también opino que hay un incumplimiento como la copa de un pino pero no quisiera llegar a denunciarle y de hecho no le he denunciado y espero nunca se la tenga que devolver. Todo por el bien de los hijos.
De todas formas el no se puede hacer cargo de los niños cuando yo trabajo pues él trabaja de 8 a 3 y de hecho ese lunes tuvo que justificar su ausencia en el trabajo.
Antes a mis hijos los recibian los abuelos maternos cuando a mi no me era posible por trabajo pero ahora que carezco de esa ayuda....porqué resulta inadecuada la ayuda de amigos o nueva pareja?. No será más bien un arrebato de celos porque he rehecho mi vida?. Hasta que punto va a seguir controlandome o ejerciendo presión sobre mi después de divorciados?
23/11/2011 22:01
Lo que está incumpliendo es una sentencia donde seguramente ponga .el padre reintegrará a los hijos en el domicilio materno a las 20.00horas.
seguramente no pone .el padre reintegrara a sus hijos ,en el domicilio materno y a la madre a las 20.00 horas.
Y incumplir cualquier mandato judicial se puede denunciar ,otra cosa es lo que el juez considere.
Pero aquí hay un incumplimiento como la copa de un pino.
Claro Im done y yo estoy segura de que dado el alto grado de divorcios ,el no custodio a lo largo de su vida , también habrá un momento en que no pueda ir a buscar a sus hijos.
Así que lo dicho ale denuncia o esperar pagar al otro con lo mismo.
O hable con su ex y expongale que si él acepta cuando Vd.por motivos laborales no pueda hacerse cargo de sus hijos ,si él como padre responsable y obligación para con sus hijos acepta .y puede ,él será el que se quede con sus hijos,en primer lugar ,ya que a Vd. le parece bien que cuando un progenitor no pueda hacerse cargo de sus hijos lo haga el otro.
23/11/2011 21:57
No me puedo creer con todos mis respetos que siempre tenga que recibir a los hijos la persona que tenga la custodia. La mayoría de los ex conyuges no custodios entenderán esto y lo respetarán. No siempre puede estar, la madre en este caso, a la hora de entrega. Ya sea un martes o un domingo.
Lo que estoy planteando es la mala fé del ex conyuge no custodio que a sabiendas de que estoy trabajando para sacar a los hijos comunes adelante aprovecha las circunstancias para negarse a entregarlos.
Muchas gracias
23/11/2011 21:36
Y si la niña no hubiese estado enferma?.
Con todos mis respetos y dado el número tan alto por desgracia de divorcios en este pais, estoy convencida que en muchos de los casos el conyuge custodio no puede estar presente cuando los niños son devueltos al domicilio. Muchas veces serán personas del servicio (no será mi caso dada mi situación económica), una nueva pareja, u otras personas y me temo que mi ex pueda volver a negarse a entregarlos a terceras personas.
23/11/2011 21:34
Terabithia, ¿podria indicar que precepto penal esta incumpliendo el padre al negarse a entregar a sus hijos a personas extrañas para el y que en cualquier caso NO ostentan la patria potestad de los menores????.
No existe infraccion penal, por tanto lo mas probable es que la hipotetica denuncia acabe en sobreseimiento libre, en algo estoy de acuerdo con usted, lo ideal seria que ambos progenitores llevasen una relacion fluida y cordial, pero por desgracia esto no siempre es asi, y en ese caso el procedimiento es puramente civil, los hechos no tienen entidad penal.
Hace unos dias tuve en mis manos una sentencia de A.P que concluia de ese moso en un caso muy similar al que aqui se plantea, el procedimiento a seguir resulto ser una modificacion de medidas de orden civil al no revestir los hechos entidad penal alguna.
Un cordial saludo.
23/11/2011 21:13
Pues mire ,que quiere que le diga .
Lo que aquí le van a decir es que deberia de denunciar la no entrega de su hija a la hora estipulada.
Pero la verdad es que otro día el padre no podrá ir a por sus hijos en el horario estipulado para las visitas ,por cualquier causa y que vd.le negará que vaya a recogerlos la pareja actual o cualquier persona de la total confianza del padre , basándose en que en la sentencia pone que los recogerá el padre.
Con lo cual empatados.
Lo ideal seria que aunque el divorcio hubiese sido movidito ,la relación por é por el bien de los hijos fuera cordial,y si Vd.por causas del trabajo no podia hacerse cargo de los niños el domingo por la noche ,al primero en acudir hubiese tenido que ser al padre de los niños y decirles este fin de semana no los devuelvas ,pero como esto no es posible en la mayoria de los casos,ya porque una no quiere ,ya porque el otro no quiere ,pues ale a denunciar y a esperar para pagarle con la misma moneda.
23/11/2011 21:02
Hola.
Lamento su situacion, habria que ver que dice la sentencia
en cuanto a las entregas y recogidas de lo menores, y aun asi, me da la impresion de que no existe ningun hecho punible en la conducta del padre, es decir, no existen indicos de infraccion penal en su conducta, el padre debe velar por los menores en las funciones inherentes que conlleva la patria potestad, maximo si sus hijos estan enfermos, debe procurarles una atencion integral y parace que en este caso fue asi, estaban enfermos y decidio no entregar a los menores a unas personas que no sotentan la patria potestad, por mucha confianza que usted tenga en esas personas
de cara a la legalidad esas personas no son nadie en cuanto a parentalidad con los menores y sindo este hecho asi, el padre puede perfectamente negarse a entregar a los menores a quien no ostenta la patri potestad de estos, aqui por lo que usted dice su trabajo esta relacionado con viajes al extranjero, si es asi solo cabe que usted solicite una modificacion de medidas y que sea el juez quien aprecie la necesidad (la de usted) de dejar a los menores al cuidado de terceras personas por custiones profesionales y que evalue si el padre debe efectuar las entregas y recogidas a traves de estas personas de las que habla usted.
Salvo mejor opinion.
Un saludo.
El conyuge no custodio no entrega
23/11/2011 20:42
Buenas tardes a tod@s,
Ostento la guarda y custodia de mis dos hijos menores desde hace casi cinco años.
Mi ex marido nunca solicitó la guarda y custodia.
El divorcio fué contencioso ya que no hubo manera de que él firmara ningún convenio. Nada le parecía bien.
La sentencia de divorció le otorgó un régimen de visitas consistente en una tarde a la semana y fines de semana alternos. (Y las vacaciones por mitad).
Recurrió la sentencia para rebajar la pensión alimenticia otorgada a sus hijos por el juez. Un año después la Audiencia Provincial denegó su pretensión.
Desde entonces la relación entre ambos es muy mala e inexistente.
Este pasado domingo yo me encontraba por trabajo en el extranjero y volvía el lunes por la mañana. Habia dejado a unos amigos y personas de mi total confianza, del agrado de los niños y conocidos de mi familia encargados de recibir y atender a los niños en nuestro domicilio hasta mi regreso a la mañana siguiente.
Mi ex marido al llegar al domicilio exigió verme a través del telefonillo ya que decia que la niña estaba enferma.
Realmente él sabia que yo no estaba pues le habia hecho un tercer grado a nuestro hijo de 10 años el dia anterior y el pobre le habia confesado que mamá regresaba el lunes por trabajo.
Después también me enteré a la vuelta que la niña de 6 años llevaba con fiebre y vómitos desde el sábado y que mi ex marido no la llevó al hospital hasta el domingo por la noche después de negarse a dejarla en casa tal y como establece la sentencia.
La sentencia establece que los niños serán devueltos en su domicilio el domingo a las 20 h pero en ningún caso establece a quién deben ser entregados.
Una vez que vió que yo no estaba optó por llevarse a los niños con la excusa de que la niña estaba enferma y que su madre, es decir yo, no estaba.
Mis amigos me llamaron inmediatamente al extranjero a mi movil para relatarme la no entrega de los niños y mi susto fué monumental. Las personas que yo habia dejado a cargo de mis hijos estaban muy nerviosas y con un alto grado de preocupación.
Me dijeron que mi ex conyuge dijo que si yo no me encontraba en la casa no dejaba a los niños y con esa excusa se los llevó.
También comentar que se presentó en el domicilio de los niños a las 19 h. Es decir, una hora antes de la hora señalada y sin prevenir de su llegada a través de ninguna llamada a mi movil.
Ni qué decir tiene el viaje de vuelta a España que tuve de más de 10 h.
Como puedo evitar que esto vuelva a suceder?.