Oye ¿no debría ser Guarroman, que fue el que empezó todo este lío?
¿O tú, y lo inauguras con un chistecillo??? Teniendo en cuenta que eres el Defensor del Letrado, has de velar también por nuestros momentos de asueto: así que te ha tocado.
Buenos días y suerte para Anina ( siento no haber contribuido a su duda. Tengo el DVD de la base de datos cascado y estoy esperando con urgencia que me manden otro por correo).
Ana...¿habres tú ese nuevo post?...es que este pesa mucho ya....
Por otro lado, normalmente, cuando las injurias se vierten con ocasión de una disputa se entiende inexistente el animus iniurandi, y por lo tanto, atípico el hecho.
Voy a ver si te encuentro algo sobre la definición de "menoscabo psíquico"
Ana; eso es lo que sostengo, lo que necesitaba era ver si alguien pensaba como yo, y no me estaba obcecando porque no acepté la conformidad con el escrito de acusación al mantener eso, y siempre te queda "algo" porque el cliente se juega el salir libre o ingresar en prisión (también le acusan de quebrantamiento de condena al reaundar ambos la convivencia, vamos un follon). Gracias
Una duda tengo ¿Por qué vejac. inj. y no injurias?
¿Qué tipo de menoscabo psíquico pueden causar unos insultos? Porque supongo que, para aplicar el 153, ha de existir tal menoscabo ¿no?
Entiendo que por muy incluida que esté la víctima en el 173, las injurias leves y los insultos episódicos son siempre falta, pues no provocan menoscabo psíquico. Más aún si ambos se hallaban en plena discusión.
Y, quizá, hasta podrías alegar animus retorquendi ¿o no?
Gracias, por las aportaciones, el tema va de una pareja que se cruza insultos (por supuesto sin que ninguno de los dos reconozca que ha sido). Mi cliente es el hombre. Y mi problema está en que no encajo ninguna conducta como vejaciones injustas de carácter leva cuando la ofendida sea una de las personas del art. 173.2, puesto que de la dicción del 153, cualquier conducta que no sea delito (lo que incluirá a las faltas) será delito de violencia de género. Con lo que mi cliente, que es reinicidente, se va a pasar una temporada en prisión.
STS 28/02/03: estima falta de vejaciones injustas de carácter leve el afeitar el bigote al padre (anciano y enfermo) en represalia por su involuntaria incontinencia urinaria.
Jaja Gracias AZ. Muy bueno el chistecillo. Menos mal que hoy no me has dado plantón...
J. Solo: ¿en serio? ¿y nunca te han llamdo la atención?? Ojo, no digo que deban hacerlo. Sólo pregunto, Solo (¿cómo se llamaba esta figura literaria de empezar y terminar con la misma palabra?)
Un discapacitado físico gana una de las plazas especiales de las oposiciones, y le dicen que ya le avisarán para decirle cuándo empieza a currar. A los pocos días le llaman del Ministerio de Hacienda, y tiene lugar la siguiente conversación:
Jefe: - Buenos días, Vd. es don fulanito de tal, ¿no ...?.
Empleado: - Sí, soy yo.
Jefe: - Pues verá, nosotros normalmente empezamos a trabajar a las 9:00, pero usted, por ser discapacitado físico, no hace falta que venga hasta las 12:00.
Empleado: - No, pero verá, a mí lo único que me pasa es que, debido a un accidente, he perdido los testículos, pero eso no afecta en nada a mi capacidad para hacer el trabajo que se me encomiende, o sea, que yo puedo empezar a trabajar como todos los demás, a las 9:00.
Jefe: - Ya, pero verá, es que nosotros de 9:00 a 12:00 nos tocamos los huevos...
Jajajajajaja!!! No veas Solersen, cómo triunfas!! JAJAJAJAJAJA!!!!
Y opinando de aquello de "las pintas", por desgracia, existe un estereotipo del que se desconfía. Por esto, pido a mis clientes que vayan mu arregladitos a la vista, por aquello de que SSª es persona y, a veces, no evitan irse a "las pintas" para condenar. Es triste, pero es así.