Esta es la situación: El Presidente Comunidad de propietarios asiste a una Junta con su hijo, este no tiene ninguna propiedad en la finca. El que interviene en las Juntas no es el padre (presidente) sinó el hijo. El presidente se suma a veces a lo que dice el hijo, pero el hijo es el que actúa/interviene como presidente sin serlo, es decir lee los puntos del orden del dia y los comenta … He leído que estando el presidente en la Junta en plenitud de sus facultades está obligado según la Ley de Propiedad Horizontal a intervenir y que no podrá intervenir otro en su lugar, ya sea familiar o no. Añadiré que quien luego firma en las Actas es el auténtico presidente, el padre y no el que realmente interviene Agradecería si alguien me informase más al respecto
¿Está el Padre-Presidente, en plenas facultades físicas y mentales?. De ser así, esta obligado a actuar como presidente, en Juntas y fuera de ellas y en ningún caso su hijo.