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Eleccion de cargos

23 Comentarios
Viendo 21 - 23 de 23 comentarios
01/02/2011 00:08
ES que por lo que dices no son nulos, sino son anulables, que viene a decir, "nosotros, dioses del Cielo y de le Tierra, somos los unicos que podemos anular algo que de hecho ha ser nulo".

Y luego se quejan de que no tienen tiempo.
10/05/2012 12:36
Soy propietario de un piso de una Comunidad que ha elegido por segunda vez a un presidente que ya se ofreció voluntario el año pasado, y cuando ha tenido ocasión , en la correspondiente junta vecinal de este año, se ha vuelto a ofrecer voluntariamente como presidente.

Querría saber si entra dentro de la legalidad, o se ha saltado alguna norma, porque me resulta extraño que en esta comunidad tan conflictiva y que nadie quiere ser presidente, haciéndolo por turno rotativo.-

Ultimamente ha habido algunos puntos digamos conflictivos, con cambio de administrador ( después de llevar 20 años ) y prescindir del servicio de portería. . .

Le saludo . Atte.-
10/05/2012 12:38
no he dicho que ha sido elegido por segunda vez consecutiva después de presentarse voluntario las dos veces. . .
10/05/2012 13:33
Yo no he conseguido convencerme con las explicaciones que han dado. Y ademas, las creo erroneas.

Hablo de la ley catalana.

Si las aceptamos: Un comunero puede ser presidente indefinidamente, con tal que asi lo quieran una mayoria.

Yo me inclino por pensar que todos tiene el mismo derecho, y que nadie puede ser "rechazado", al menos sin un buen motivo.

Porque, por ejemplo, cuando se dice designar por sorteo entre los que no han tenido el cargo, no se dice que a sugun quien le toque se tenga que votar para aceptarlo, que ademas seria un contrasentido.

PARECE MENTIRA.
Eleccion de cargos | PorticoLegal
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01/02/2011 00:08
ES que por lo que dices no son nulos, sino son anulables, que viene a decir, "nosotros, dioses del Cielo y de le Tierra, somos los unicos que podemos anular algo que de hecho ha ser nulo".

Y luego se quejan de que no tienen tiempo.
10/05/2012 12:36
Soy propietario de un piso de una Comunidad que ha elegido por segunda vez a un presidente que ya se ofreció voluntario el año pasado, y cuando ha tenido ocasión , en la correspondiente junta vecinal de este año, se ha vuelto a ofrecer voluntariamente como presidente.

Querría saber si entra dentro de la legalidad, o se ha saltado alguna norma, porque me resulta extraño que en esta comunidad tan conflictiva y que nadie quiere ser presidente, haciéndolo por turno rotativo.-

Ultimamente ha habido algunos puntos digamos conflictivos, con cambio de administrador ( después de llevar 20 años ) y prescindir del servicio de portería. . .

Le saludo . Atte.-
10/05/2012 12:38
no he dicho que ha sido elegido por segunda vez consecutiva después de presentarse voluntario las dos veces. . .
10/05/2012 13:33
Yo no he conseguido convencerme con las explicaciones que han dado. Y ademas, las creo erroneas.

Hablo de la ley catalana.

Si las aceptamos: Un comunero puede ser presidente indefinidamente, con tal que asi lo quieran una mayoria.

Yo me inclino por pensar que todos tiene el mismo derecho, y que nadie puede ser "rechazado", al menos sin un buen motivo.

Porque, por ejemplo, cuando se dice designar por sorteo entre los que no han tenido el cargo, no se dice que a sugun quien le toque se tenga que votar para aceptarlo, que ademas seria un contrasentido.

PARECE MENTIRA.