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Elecciones a representante de los trabajadores

2 Comentarios
 
Elecciones a representante de los trabajadores
14/06/2003 00:19
Hola, en mi empresa se han celebrado recientemente elecciones a Delegado de los trabajadores. Teníamos derecho a voto 12 empleados y nos presentábamos dos candidatos, yo por cc.oo. y un compañero por U.G.T. Dos empleados votaron por correo, uno por estar destinado en otra Oficina y el otro por encontrarse de baja médica. Finalmente estos dos votos fueron impugnados por no presentar todas las garantías, pero el empleado que se encontraba de baja se personó en las elecciones y votó personalmente. He de decir que existía un modelo de papeleta "oficial" con los nombres de los 2 candidatos, del cual se debía marcar con una X al elegido y luego existía una nota informativa de cómo se debía votar en la que existía una ilustración de un modelo de papeleta en el que también figuraban los nombres de ambos candidatos. La Mesa Electoral decidió dejar esta nota informativa junto con las papeletas en un reservado para mayor información de los votantes, de modo que en un montón estaban las papeletas y al lado la nota informativa.
El problema surgió cuando al realizar el recuento de los 11 votos, en uno de ellos alguien había utilizado la hoja informativa para votar, marcando con una X al candidato elegido, yo en este caso. La Mesa decidió declarar nulo el voto y el resultado fue de empate a 5, con lo que por antigüedad resultó elegido el candidato de U.G.T.
CC.OO presentó reclamación ante la Mesa, por considerar que el voto era válido, dado que aunque no estaba señalado en el modelo "oficial", si estaba marcado mi nombre en la ilustración de modelo que aparecía en la nota informativa, y teniendo en cuenta que el nº de papeletas "oficiales" estaba justo en 10 (no se contaba con que votara personalmente el empleado de baja) y al estar ese modelo junto a las papeletas pudiendo prestar a confusión, era lógico pensar que habiendo votado 11 personas y habiendo sólo 10 papeletas oficiales y la nota informativa, alguno de los votantes hubiera podido coger la misma pensando que era el modelo "oficial" de papeleta al tener también los nombres de los candidatos y el espacio para marcar la X.
La Mesa se reafirmó en la nulidad del voto y CC.OO interpuso reclamación ante el Servicio de Mediación y Arbitraje, estando a la espera de resolución.
Mi pregunta es saber si dicha reclamación puede llegar a prosperar en base a lo expuesto anteriormente, ya que de confirmarse bueno ese voto, yo resultaría elegido Delegado.
Un saludo y gracias anticipadas.
16/06/2003 18:48
Hola Isauro:
Para el escrutinio y atribución de resultados en las elecciones sindicales hay que tener en cuenta los arts 71 y 75 del Estatuto de los Trabajadores y el art. 12 del Reglamento de Elecciones Sindicales.

En caso de reclamación habrá que estar al resultado de la misma. No obstante, te diré que carácter general son nulas las papeletas que contengan tachaduras, adiciones o rectificaciones de los candidatos presentados. Como éste no es el caso, y, según mi opinión, la voluntad del votante estaba clara la mesa debería haber tenido en cuenta la intención manifestada por él.

No he visto ninguna sentencia sobre este tipo de nulidad y creo que en la mayoría de los casos se resuelven por el procedimiento arbitral establecido en el Reglamento. También se puede impugnar ante la Jurisdicción Social.

Dicho lo anterior y, siendo mi opinión favorable a la reclamación planteada, te digo criterios generales de los sindicatos en cuanto a tipos y validez de los votos:

Son votos válidos los emitidos correctamente a favor de una determinada candidatura. También se consideran válidos cuando un mismo sobre contiene papeletas de la misma candidatura, computando, claro está como un solo voto.

Son votos nulos:

- Las papeletas ilegibles, con tachaduras o expresiones ajenas a la votación.

- Las que contengan candidatos no proclamados oficialmente.

- Las que tengan adiciones o supresiones a la candidatura proclamada o cualquier tipo de alteración o manipulación.

- Los votos emitidos en sobres o papeletas distintas de los modelos oficiales.

Suerte en la reclamación y recibe un saludo.
17/06/2003 22:51
Muchas gracias Jesús por intentarle "poner el cascabel al gato" y sobre todo por darme esperanzas de que la reclamación pueda salir adelante.
Lo cierto es que se trata de un caso rocambolesco, que se dio seguramente por la inexperiencia de la Mesa por:
1º) Poner las papeletas justas y quedarse corto
2º) Poner esa nota informativa al alcance de todos y encima que dicha nota llevase en la ilustración el nombre de los candidatos. (Podían haber puesto candidato A y B, por ejemplo)

La Mesa al tomar la decisión de nulidad del voto, hizo prevalecer a mi entender el hecho de que la papeleta no fuera igual a las demás y dejó en segundo plano la intención de voto.
Yo espero que el árbitro en su valoración, tenga en cuenta esto último y también el hecho de que hubiera menos papeletas "oficiales" que votantes.

En cualquier caso os tendré informados cuando salga la resolución del SMAC, para que no os quedéis con la curiosidad.
Saludos y gracias.
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14/06/2003 00:19
Hola, en mi empresa se han celebrado recientemente elecciones a Delegado de los trabajadores. Teníamos derecho a voto 12 empleados y nos presentábamos dos candidatos, yo por cc.oo. y un compañero por U.G.T. Dos empleados votaron por correo, uno por estar destinado en otra Oficina y el otro por encontrarse de baja médica. Finalmente estos dos votos fueron impugnados por no presentar todas las garantías, pero el empleado que se encontraba de baja se personó en las elecciones y votó personalmente. He de decir que existía un modelo de papeleta "oficial" con los nombres de los 2 candidatos, del cual se debía marcar con una X al elegido y luego existía una nota informativa de cómo se debía votar en la que existía una ilustración de un modelo de papeleta en el que también figuraban los nombres de ambos candidatos. La Mesa Electoral decidió dejar esta nota informativa junto con las papeletas en un reservado para mayor información de los votantes, de modo que en un montón estaban las papeletas y al lado la nota informativa.
El problema surgió cuando al realizar el recuento de los 11 votos, en uno de ellos alguien había utilizado la hoja informativa para votar, marcando con una X al candidato elegido, yo en este caso. La Mesa decidió declarar nulo el voto y el resultado fue de empate a 5, con lo que por antigüedad resultó elegido el candidato de U.G.T.
CC.OO presentó reclamación ante la Mesa, por considerar que el voto era válido, dado que aunque no estaba señalado en el modelo "oficial", si estaba marcado mi nombre en la ilustración de modelo que aparecía en la nota informativa, y teniendo en cuenta que el nº de papeletas "oficiales" estaba justo en 10 (no se contaba con que votara personalmente el empleado de baja) y al estar ese modelo junto a las papeletas pudiendo prestar a confusión, era lógico pensar que habiendo votado 11 personas y habiendo sólo 10 papeletas oficiales y la nota informativa, alguno de los votantes hubiera podido coger la misma pensando que era el modelo "oficial" de papeleta al tener también los nombres de los candidatos y el espacio para marcar la X.
La Mesa se reafirmó en la nulidad del voto y CC.OO interpuso reclamación ante el Servicio de Mediación y Arbitraje, estando a la espera de resolución.
Mi pregunta es saber si dicha reclamación puede llegar a prosperar en base a lo expuesto anteriormente, ya que de confirmarse bueno ese voto, yo resultaría elegido Delegado.
Un saludo y gracias anticipadas.
16/06/2003 18:48
Hola Isauro:
Para el escrutinio y atribución de resultados en las elecciones sindicales hay que tener en cuenta los arts 71 y 75 del Estatuto de los Trabajadores y el art. 12 del Reglamento de Elecciones Sindicales.

En caso de reclamación habrá que estar al resultado de la misma. No obstante, te diré que carácter general son nulas las papeletas que contengan tachaduras, adiciones o rectificaciones de los candidatos presentados. Como éste no es el caso, y, según mi opinión, la voluntad del votante estaba clara la mesa debería haber tenido en cuenta la intención manifestada por él.

No he visto ninguna sentencia sobre este tipo de nulidad y creo que en la mayoría de los casos se resuelven por el procedimiento arbitral establecido en el Reglamento. También se puede impugnar ante la Jurisdicción Social.

Dicho lo anterior y, siendo mi opinión favorable a la reclamación planteada, te digo criterios generales de los sindicatos en cuanto a tipos y validez de los votos:

Son votos válidos los emitidos correctamente a favor de una determinada candidatura. También se consideran válidos cuando un mismo sobre contiene papeletas de la misma candidatura, computando, claro está como un solo voto.

Son votos nulos:

- Las papeletas ilegibles, con tachaduras o expresiones ajenas a la votación.

- Las que contengan candidatos no proclamados oficialmente.

- Las que tengan adiciones o supresiones a la candidatura proclamada o cualquier tipo de alteración o manipulación.

- Los votos emitidos en sobres o papeletas distintas de los modelos oficiales.

Suerte en la reclamación y recibe un saludo.
17/06/2003 22:51
Muchas gracias Jesús por intentarle "poner el cascabel al gato" y sobre todo por darme esperanzas de que la reclamación pueda salir adelante.
Lo cierto es que se trata de un caso rocambolesco, que se dio seguramente por la inexperiencia de la Mesa por:
1º) Poner las papeletas justas y quedarse corto
2º) Poner esa nota informativa al alcance de todos y encima que dicha nota llevase en la ilustración el nombre de los candidatos. (Podían haber puesto candidato A y B, por ejemplo)

La Mesa al tomar la decisión de nulidad del voto, hizo prevalecer a mi entender el hecho de que la papeleta no fuera igual a las demás y dejó en segundo plano la intención de voto.
Yo espero que el árbitro en su valoración, tenga en cuenta esto último y también el hecho de que hubiera menos papeletas "oficiales" que votantes.

En cualquier caso os tendré informados cuando salga la resolución del SMAC, para que no os quedéis con la curiosidad.
Saludos y gracias.